Seguridad Industrial. Ejecución y puesta en servicio de instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos
Legislación y procedimientos para la ejecución y puesta en servicio de instalaciones destinadas o no destinadas a distribución de Gases Licuados del Petróleo en depósitos fijos.
Visado Colegial
ORDEN de 15-10-10, por la que se hace pública la Circular 04/2010 relativa a la interpretación del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio en el ámbito reglamentario de la seguridad industrial - (PDF, 1,2 Mb).
Instalaciones no destinadas a distribución
Instalaciones no destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización, o que den servicio a las instalaciones receptoras de una misma comunidad sin suministrar a terceros
Comunicación para la Puesta en servicio por nueva instalación o modificación o ampliación de la instalación.
Finalizadas las obras, realizadas las pruebas previas, emitidos los correspondientes certificados y previamente a la fecha del primer llenado, el titular de la nueva instalación o de la instalación que ha sido objeto de modificación o ampliación, deberá realizar la comunicación para la puesta en servicio de la instalación, presentando el formulario de comunicación (modelo E0003c) junto con toda la documentación obligatoria recogida en la TABLA 1A.
Una vez que el Servicio Provincial correspondiente o el Organismo de Control a través del cual se realiza la comunicación haya comprobado la documentación aportada, realizada la liquidación de la tasa correspondiente y verificado el pago de la misma, procederá a diligenciar la comunicación mediante le sellado y fechado de los dos ejemplares de formularios de comunicación aportados y debidamente cumplimentados. Uno de los dos ejemplares será entregado al titular y en este momento la comunicación se tendrá por practicada válidamente.
Realizada la comunicación y diligenciado el formulario de comunicación, permitirá al titular formalizar la puesta en servicio de la instalación, solicitando al suministrador el primer llenado de los depósitos de GLP. El suministrador comunicará la fecha del primer llenado al titular de la instalación.
La puesta en funcionamiento efectiva de las instalaciones, con independencia de haberse comunicado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón la acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial sobre instalaciones de depósitos fijos de GLP, estará supeditada en su caso, a la acreditación del cumplimiento de otros Reglamentos de seguridad que las afecten y/o a la obtención de las correspondientes autorizaciones.
Comunicación de baja de instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos
Con carácter general, las tramitaciones que tengan por objeto únicamente la baja de una instalación ya existente, se realizarán mediante la presentación del Formulario de Comunicación (modelo E0003c) por duplicado en el plazo de un mes desde que el hecho se produzca. Se requerirá documento acreditativo de la titularidad de la instalación, que fundamente el trámite solicitado.
La tramitación de baja de una instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos conllevará su retirada de servicio, motivo por el cual adicionalmente el titular de la instalación deberá presentar el certificado del inertizado de dichos depósitos. Se entenderá que una instalación cesa en su actividad si transcurren dos años consecutivos sin que se efectúe consumo alguno, no exista contrato de mantenimiento de la misma o transcurran cinco años sin la realización del mantenimiento oportuno, salvo causas de fuerza mayor. En caso de que una instalación sea retirada del servicio, el titular de la instalación será responsable de encargar a una empresa instaladora la realización y certificación del inertizado de la instalación.
Una vez que el Servicio Provincial correspondiente o el Organismo de Control a través del cual se realiza la comunicación, haya comprobado el formulario aportado, procederá a diligenciar la comunicación mediante el sellado y fechado de los dos ejemplares del formulario de comunicación aportados. Uno de los dos ejemplares, una vez diligenciado se devolverá al titular y en este momento se tendrá por practicada válidamente la comunicación.
Documentación
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TABLA 1 - (PDF, 4 KB). Contiene las tablas:
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TABLA 1A. Documentación requerida en las comunicaciones de Instalaciones destinadas al suministro directo de instalaciones receptoras
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TABLA 1B. Documentación requerida en las solicitudes y comunicaciones de Instalaciones destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización
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Instalaciones destinadas a distribución
Instalaciones destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización
Solicitud de autorización administrativa de construcción. (Presentación de proyecto)
Como paso previo a la comunicación para la puesta en servicio de estas instalaciones y antes del inicio de las obras, el titular de la nueva instalación o de la instalación que vaya a ser objeto de modificación o ampliación, deberá solicitar al correspondiente Servicio Provincial la autorización para su construcción, presentando el Formulario de Solicitud (modelo E0003b) y aportando el Proyecto técnico por duplicado para su registro, tal y como se recoge en la TABLA 1B debiendo estar los documentos correctamente cumplimentados. Uno de los ejemplares del proyecto se devolverá a su presentación diligenciado con la fecha de entrada, debiendo ser conservado por el titular. Una vez realizada la liquidación de la tasa correspondiente, verificado el pago de la misma y obtenida la autorización previa, el titular podrá ordenar a la empresa instaladora el comienzo de las obras.
Comunicación para la puesta en servicio.
Una vez obtenida la autorización administrativa de construcción y finalizadas las obras, realizadas las pruebas previas, emitidos los correspondientes certificados y previamente a la fecha del primer llenado, el titular de la nueva instalación o de la instalación que haya sido objeto de modificación o ampliación, deberá realizar la comunicación de la puesta en servicio de la instalación, presentado el Formulario de Comunicación (modelo E0003c) aportando el resto de la documentación obligatoria que se indica en la TABLA 1A.
Una vez que el Servicio Provincial correspondiente haya comprobado la documentación aportada, procederá a diligenciar la comunicación mediante el sellado y fechado de las copias del formulario de comunicación aportado por duplicado y debidamente cumplimentado. Uno de los dos ejemplares será entregado al titular y en este momento la comunicación se tendrá por practicada válidamente.
Cuando el titular disponga del formulario de comunicación diligenciado, el titular podrá realizar la puesta en servicio de la instalación, poniéndose en contacto con el suministrador para solicitar el primer llenado de los depósitos de GLP. El suministrador comunicará la fecha del primer llenado al titular de la instalación.
La puesta en funcionamiento efectiva de las instalaciones, con independencia de haberse comunicado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón la acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial sobre instalaciones de depósitos fijos de GLP, estará supeditada en su caso, a la acreditación del cumplimiento de otros Reglamentos de seguridad que las afecten y/o a la obtención de las correspondientes autorizaciones.
Comunicación de baja de instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos
Con carácter general, las tramitaciones que tengan por objeto únicamente la baja de una instalación ya existente, se realizarán mediante la presentación del Formulario de Comunicación (modelo E0003c) por duplicado en el plazo de un mes desde que el hecho se produzca. Se requerirá documento acreditativo de la titularidad de la instalación, que fundamente el trámite solicitado.
La tramitación de baja de una instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos conllevará su retirada de servicio, motivo por el cual adicionalmente el titular de la instalación deberá presentar el certificado del inertizado de dichos depósitos. Se entenderá que una instalación cesa en su actividad si transcurren dos años consecutivos sin que se efectúe consumo alguno, no exista contrato de mantenimiento de la misma o transcurran cinco años sin la realización del mantenimiento oportuno, salvo causas de fuerza mayor. En caso de que una instalación sea retirada del servicio, el titular de la instalación será responsable de encargar a una empresa instaladora la realización y certificación del inertizado de la instalación.
Una vez que el Servicio Provincial correspondiente o el Organismo de Control a través del cual se realiza la comunicación, haya comprobado el formulario aportado, procederá a diligenciar la comunicación mediante el sellado y fechado de los dos ejemplares del formulario de comunicación aportados. Uno de los dos ejemplares, una vez diligenciado se devolverá al titular y en esta momento se tendrá por practicada válidamente la comunicación.
Documentación
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TABLA 1 - (PDF, 84 KB). Contiene las tablas:
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TABLA 1A. Documentación requerida en las comunicaciones de Instalaciones destinadas al suministro directo de instalaciones receptoras
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TABLA 1B. Documentación requerida en las solicitudes y comunicaciones de Instalaciones destinadas al suministro de instalaciones de distribución por canalización
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Última actualización: 15/07/2024
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