Subtipología INAGA 15E. Comunicación previa de actividad de centros de recepción de vehículos al final de su vida útil
Trámite de comunicación previa de actividad de instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 15E. (Procedimiento 1682). Comunicación previa de actividad de centros de recepción de vehículos al final de su vida útil
(INAGA). Tipología 15 - Gestión de centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil
Información específica del procedimiento administrativo
Tipología INAGA 15: Autorización de centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil
Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.
Denominación
Instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil (régimen de comunicación previa e inscripción) (15 bis).
Descripción
Son instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil las instalaciones de titularidad privada, tales como las de los productores, concesionarios, compañías de seguros, desguazadores, fragmentadores, entre otros, que, por razón de su actividad económica, se hacen cargo temporalmente del vehículo al final de su vida útil para su traslado a los centros de tratamiento que realizan la descontaminación y que se regulan por el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil (BOE número 89, de 14/04/2021).
Las instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil están sometidas a comunicación previa.
Se debe presentar dicha comunicación previa, ante el INAGA, con una antelación mínima de un mes a la fecha de inicio de la actividad.
A partir de dicha comunicación, el órgano competente de la administración practicará de oficio la inscripción del centro de recepción de vehículos en el registro correspondiente.
Requisitos de los solicitantes
Los lugares de recepción y almacenamiento, incluso temporal, previo a la descontaminación de los vehículos al final de su vida útil, deberán disponer, según Anexo II.1 del Real Decreto 265/2021 de zonas e instalaciones adecuadas y de equipos para tratamiento de aguas.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
Al tratarse de un procedimiento de comunicación previa, no tiene resolución expresa, salvo en los los casos en los que se deniegue o se condicione. Si en el plazo de un mes no ha recibido notificación de resolución favorable condicionada o denegatoria, se entenderá que puede ejecutar la actuación.
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo de tramitación: 1 mes.
- Régimen intervención administrativa: comunicación previa e inscripción.
- Efecto del silencio: positivo.
- Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 15.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
- Memoria explicativa justificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (BOE número 89, de 14/04/2021)
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Comunicación previa de actividad de centros de recepción de vehículos al final de su vida útil en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
-
Atención por correo electrónico: inaga.area3@aragon.es
-
Atención telefónica: 976 716 624
Acceso a datos y estadísticas del trámite
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 15E tramitados en INAGA (xlsx 29kb)
Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 15E en INAGA (xlsx 36kb)
Última actualización: 07/10/2024
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