Trámites relativos a instalaciones de vehículos al final de su vida útil - Comunicación previa de inicio de actividad
N° 1682
A través de este trámite se comunica, de manera previa al inicio de la actividad, la puesta en funcionamiento de instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil.
Con esta comunicación, la autoridad competente realiza de oficio la inscripción en el Registro correspondiente.
Subtipología 15E del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Promotores que dispongan de instalaciones para la recepción de vehículos al final de su vida útil como almacenamiento previo a la remisión al Centro Autorizado de Tratamiento.
Requisitos
-
Los lugares de recogida y almacenamiento, incluso temporal, previo a la descontaminación de los vehículos al final de su vida útil, deberán disponer según el Anexo II. Punto 1, del Real Decreto 265/2021, de:
- Zonas adecuadas al número de vehículos a almacenar y dotadas de pavimento impermeable, con instalaciones para la recogida de derrames, de decantación y separación de grasas.
- Equipos para el tratamiento de aguas, incluidas las pluviales, que han de ser tratadas conforme a la reglamentación sanitaria y medioambiental antes de deshacerse de las mismas.
-
Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de inicio de actividad de instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil":
- En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario
Comunicación previa de inicio de actividades de instalaciones de recepción de vehículos al final de su vida útil.
En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
Descargar modelo FormularioMemoria explicativa
Justificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Real Decreto 265/2021, sobre vehículos al final de su vida útil.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre
Decreto 133/2013, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, de simplificación y adaptación a la normativa vigente de procedimientos administrativos en materia de medio ambiente
Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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