Subtipología INAGA 75C. Baja Registro actividades potencialmente contaminadoras atmósfera
Trámite de baja en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 75C. (Procedimiento 1299). Baja Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
(INAGA): Tipología 75 - Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
(Trámites): Procedimiento INAGA 75C- Baja en el registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
Información específica del procedimiento administrativo
Tipología INAGA 75: Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.
Denominación
Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Descripción
Comunicación al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del cese de una actividad, incluida en el grupo C del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, en una instalación determinada.
Una vez comunicado el cese, el INAGA procederá a practicar la baja correspondiente en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Preguntas frecuentes sobre atmósfera
Requisitos de los solicitantes
Desarrollar una actividad, incluida en el en el grupo C del Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, aprobado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (BOE número 25, de 29/01/2011), y que se haya producido el cese de la actividad en las instalaciones.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
La inscripción en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera pertenecientes al grupo C, equivaldrá a la notificación regulada en el artículo 13.3 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE número 275, de 16/11/2007).
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo de tramitación: 3 meses.
- Régimen intervención administrativa: inscripción en Registro.
- Efecto del silencio: positivo.
- Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 75
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
Memoria justificativa de que ya no se producen emisiones a la atmósfera o que ya no procede la inscripción en el Registro.
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Baja en el Registro de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
-
Atención por correo electrónico: inaga.area3@aragon.es
-
Atención telefónica: 976 716 024
Acceso a datos y estadísticas del trámite
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipologia 75C tramitados en INAGA (xlsx 29kb)
Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 75C en INAGA (xlsx 37kb)
Última actualización: 03/10/2024
Información y recursos asociados
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