Subtipología INAGA 02M. Baja de la autorización ambiental integrada

Trámite de autorización del proyecto de cierre de una instalación con autorización ambiental integrada en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

​​​​​​Subtipología 02M. (Procedimiento 1080). Autorización del proyecto de cierre de instalación con autorización ambiental integrada

(INAGA). Tipología 02 - Autorización ambiental integrada

(Trámites). Procedimiento INAGA 02M - Autorización del proyecto de cierre de instalación con autorización ambiental integrada

Información específica del procedimiento administrativo

Tipología INAGA 02: Autorización Ambiental Integrada (AAI)

Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.

Denominación

Autorización del proyecto de cierre de instalación con autorización ambiental integrada.

Descripción

La baja de una autorización ambiental integrada puede producirse bien por el cese total de actividad en la instalación o bien por disminución de la capacidad de producción de la planta, en el caso de que quedase por debajo de los umbrales establecidos en el Anexo IV, de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón (BOA número 241, de 10/12/2014).

En caso de cese total de actividad la baja de la autorización ambiental integrada se realiza en dos fases:

  • Fase 1. Cierre de la instalación con autorización ambiental integrada

Podrán solicitar el cierre; los promotores de instalaciones sometidas a autorización ambiental integrada que tengan previsto dejar de ejercer la actividad en la misma.

Se establecerán las condiciones en que debe de llevarse a cabo el cese de las actividades o el cierre de la instalación en función de la necesidad o no de haber realizado informe base de suelos:

  • Evaluar el estado del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas por las sustancias peligrosas relevantes utilizadas, producidas, o emitidas por la instalación.

  • Adoptar las medidas necesarias destinadas a retirar, controlar, contener o reducir las sustancias peligrosas relevantes para que, teniendo en cuenta su uso actual o futuro aprobado, el emplazamiento ya no cree un riesgo significativo para la salud humana ni para el medio ambiente.

El promotor deberá presentar una memoria justificativa del cierre de la instalación / proyecto de cierre y desmantelamiento de las instalaciones.

  • Fase 2. Extinción de la autorización ambiental integrada

Una vez comprobado por el órgano ambiental competente de inspección que el proyecto de cierre de la instalación se ha ejecutado correctamente, lo comunica al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y éste de oficio, declara extinta la autorización ambiental integrada.

Se presentará la solicitud, como muy tarde, 3 meses antes de que se pretenda ejecutar el cierre de la instalación.

Preguntas frecuentes sobre autorización ambiental integrada

Requisitos de los solicitantes

Ser titular de una instalación afectada por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (BOE número 316, de 31/12/2016) y solicitar el desmantelamiento de la misma.

Tasas

Sin tasa.

Observaciones

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 02.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de autorización del proyecto de cierre de instalación con Autorización Ambiental Integrada (AAI), en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

  • Atención por correo electrónico: 

  • Atención telefónica: 

    • Área II - Medio natural: 976 716 023

    • Área III - Medio ambiente industrial: 976 716 024

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 02M tramitados en INAGA (xlsx 29kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del tiempo de tramitación de expedientes de la subtipología 02M en INAGA (xlsx 23kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 02M en INAGA (xlsx 36kb)

A través del Visor GIS INAGA de Resoluciones públicas puede visualizar la localización de resoluciones de expedientes de la Tipología INAGA 02 - Autorización Ambiental Integrada

Última actualización: 02/10/2024

Información y recursos asociados

Enlaces de interés

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