Trámites relativos a la Autorización Ambiental Integrada - Modificación no sustancial de la Autorización
N° 323
A través de este trámite, las personas titulares (explotadoras) de instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada que proyecten realizar una modificación en la misma y que estimen que ésta es de carácter no sustancial podrán someter a juicio del órgano ambiental competente si la modificación prevista en sus instalaciones es sustancial o no.
Subtipología nº 02D del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Titulares (explotadores) de instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada que proyecten realizar una modificación en la misma y que estiman que ésta es de carácter no sustancial.
Requisitos
- Ser titular (explotador) o promotor de una instalación y disponer de Autorización Ambiental Integrada en vigor.
- La solicitud se presentará, como muy tarde, 1 mes antes de modificarse la instalación.
Pago de tasas
En la página web de la Subtipología INAGA 02D se indica el importe de la tasa.
Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Solicitud de modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada.
En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
Descargar modelo Formulario de solicitud02D. Anexo I. Datos de la actividad y de la instalación
Descargar modelo 02D. Anexo I. Datos de la actividad y de la instalación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
La presentación en soporte digital de la documentación requerida (documentos, imágenes, cartografía SIG y datos georreferenciados), expresada a continuación, deberá ajustarse a las especificaciones establecidas, disponibles en la página web de INAGA.
Memoria descriptiva de la modificación prevista
Justificación de la no sustancialidad de la modificación propuesta
Según los criterios establecidos en el art. 14, del Real Decreto 815/2013.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación
Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 mes
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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