Trámites de modificaciones sustanciales de la cubierta vegetal, vías de saca, pistas forestales y acceso a montes - Comunicación sin cambio de uso forestal para otras modificaciones sin corta de arbolado
N° 1739
A través de este trámite se comunica de manera previa una modificación sustancial de la cubierta vegetal sin cambio de uso forestal, así como otras modificaciones que no conlleven corte de arbolado.
Subtipología 49H del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Titulares o propietarios de las parcelas afectadas, o persona que los representen, interesados en la modificación sustancial de la cubierta vegetal sin cambio de uso forestal.
Requisitos
- Ser titular de la parcela o parcelas afectadas o contar con la autorización expresa del propietario o propietarios de los terrenos o su representante legal.
- Pretender cualquier actuación que suponga la modificación sustancial de la cubierta vegetal, cuando no implique la pérdida del uso forestal de los terrenos y no suponga corta de arbolado, que afecte a una superficie inferior a dos hectáreas.
- No se incluyen actuaciones en zonas ambientalmente sensibles: Espacios Naturales Protegidos, Espacios de la Red Natura 2000 (LIC y ZEPA), Reservas de la Biosfera, Humedales Ramsar y Montes de Utilidad Pública.
-
Nota aclaratoria sobre el procedimiento de "Comunicación previa de modificación sustancial de la cubierta vegetal sin cambio de uso forestal para otras modificaciones sin corta de arbolado":
- En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Anexo I. Datos básicos de las superficies afectadas por la actuación
Datos básicos de la modificación sustancial de la cubierta vegetal sin cambio de uso forestal.
Descargar modelo Anexo I. Datos básicos de las superficies afectadas por la actuaciónPlan o proyecto
Que justifica la actuación sin cambio de uso forestal y descripción de la misma.
Plano de situación a escala 1:50.000 o escala 1:25.000
O plano catastral de las parcelas afectadas.
Plano de detalle delimitando la zona de modificación de la cubierta vegetal
Formato digital georreferenciado coordenadas UTM ETRS89.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes
Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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