Subvenciones de apoyo al software libre
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones de apoyo al software libre.
El objetivo de estas ayudas es la realización de desarrollos de software en código abierto. Estos deben liberarse, de acuerdo con alguno de los tipos de licencia existentes. El código fuente tiene que publicarse en un lugar accesible para que pueda consultarse de forma pública y abierta. Dichos desarrollos consistirán en pequeñas aplicaciones completas, preferentemente para móviles o tabletas, instalación incluida y que utilicen como fuente de datos al menos uno de sus recursos.
Las actuaciones estarán disponibles en un repositorio público de software de fuentes abiertas (Github o similar) y deberá permanecer en dicho repositorio un tiempo mínimo de dos años una vez terminadas éstas.
Adicionalmente, en caso de tratarse de una aplicación para móviles estarán disponibles en un servicio de distribución de software (Play Store, App Store, etc.) para su descarga.
Estas ayudas tienen la consideración de ayudas de minimis.
Dirigido a
- Microempresas
- Trabajadores/as autónomos
Requisitos
- Que la solicitante sea una microempresa o trabajador/a autónomo cuyo objeto social o actividad corresponda al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Que la solicitante sea una microempresa o trabajador/a autónomo con domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón.
- Que la solicitante no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Que la solicitante no haya sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
- Que la solicitante no esté incursa en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas de esta Administración por infracciones previstas en las leyes de Aragón en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
- Que la solicitante esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Tributarias tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las actuaciones deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón o tener un impacto directo en Aragón.
Trámites relacionados
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas. 976 716 581
- Correo electrónico. sociedaddelainformacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y APLICACIONES CORPORATIVAS
Normativa
Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Reglamento (UE) 2831/2023, de 13 de diciembre, De la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
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