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Subvenciones para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía - Convocatoria 2024
N° 10224
Podrán solicitar estas ayudas entidades sin ánimo de lucro.
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a una subvención, para el desarrollo de actividades de información y prevención de los trastornos por juego, en régimen de concurrencia competitiva.
Las actividades subvencionadas estarán dirigidas a la población en general, con especial atención a colectivos vulnerables como menores de edad o personas con capacidades reducidas.
Su objetivo será frenar hábitos que puedan generar juego problemático.
Dirigido a
- Las entidades sin ánimo de lucro, que entre sus fines estatutarios figure la realización de actividades de información y prevención de la ludopatía y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
Requisitos
-
Ser entidad sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:
- Entre sus fines estatutarios figure la realización de actividades de información y prevención de la ludopatía.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación representante
Copia de la documentación que acredite la representación legal de la entidad.
Copia de los Estatutos de la entidad
Memoria
Descargar modelo Memoria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Información adicional
Todos los requisitos deberán acreditarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución del programa subvencionado.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 519
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden PIC/301/2024, de 13 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria a entidades sin animo de lucro para el desarrollo de actividades de información y prevención de los trastornos derivados del juego.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Orden PRE/421/2016, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía
Orden PRI/967/2020, de 1 de octubre, por la que se modifica la Orden PRE/421/2016, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía
Orden PRI/813/2021, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/421/2016, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 05/04/2024 al 18/04/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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