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Subvenciones a promotores para la edificación de viviendas protegidas

A través de este trámite, los promotores pueden solicitar una subvención para la edificación de viviendas protegidas en Aragón.

Dirigido a

  • Los promotores de vivienda protegida ya sean personas físicas o jurídicas, para la edificación de vivienda protegida, que cumplan con los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria de la ayuda.Quedan excluidos los promotores públicos, tanto las administraciones públicas, como empresas públicas, u otras entidades cuyo control mayoritario dependa de una administración pública.

Requisitos

  • Las promociones de vivienda protegida han de encontrarse en alguno de los siguientes supuestos: a) Promociones que hayan obtenido la calificación definitiva en el plazo de un año anterior a la convocatoria, a contar, de forma retroactiva, desde la fecha de publicación de la convocatoria. b)Promociones con calificación provisional concedida en el plazo de un año anterior a la convocatoria, de forma retroactiva, a contar desde la fecha anterior a la publicación de la convocatoria. c) Promociones de vivienda protegida para las que, a fecha de efectividad de la convocatoria de subvenciones, se haya solicitado la calificación provisional y no se haya obtenido todavía.
  • Cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria de las ayudas.

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