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Subvención para la adquisición de vivienda protegida en Aragón

A través de este trámite, se solicitan subvenciones destinadas a financiar la adquisición de viviendas protegidas por unidades familiares que cumplan con los requisitos de acceso previsto en la legislación de vivienda protegida y al promotor para uso propio.

Dirigido a

  • Pueden ser beneficarios de la subvención las personas físicas que adquieran la vivienda, los adjudicatarios miembros de cooperativas o de comunidades de bienes, a partir del momento en que se les adjudique una vivienda individualizada, y los promotores individuales de viviendas protegidas de nueva construcción para uso propio, a partir del momento de la obtención de la calificación provisional de su vivienda.

Requisitos

  • Tener unos ingresos no inferiores a 1’5 veces el IPREM y no podrán superar 5’5 veces el IPREM, ponderado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 60/2009, de 14 abril del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012.
  • Cumplir el resto de los requisitos de acceso a una vivienda protegida previstos en el Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón.

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