Subvención en materia de modernización de las explotaciones agrarias y sus complementos (PEPAC 2023-2027)
A través de este trámite se solicitan subvenciones a la modernización de explotaciones agrarias enmarcadas en el Programa de Desarrollo Rural para Aragón (PEPAC 2023-2027).
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
- Entidades sin personalidad jurídica
Requisitos
- Las inversiones deben ser económicamente viables y adecuadas a la explotación, si bien cuando la totalidad de las inversiones solicitadas respondan exclusivamente al cumplimiento de nuevas normas comunitarias no será necesario justificar la mejora del rendimiento global de la explotación.
- Las inversiones inmuebles han de estar ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las inversiones que requieran acta de no inicio han de ejecutarse con posterioridad a la certificación del no inicio por el instructor, de tal modo que las ya ejecutadas con fecha anterior al control del instructor no serán subvencionables; y siempre de forma posterior a la solicitud de subvención.
- Las licencias, permisos o autorizaciones, cuando sean preceptivos para la ejecución de la inversión, habrá de aportarlos el interesado con anterioridad al momento del pago del primer tramo de ayuda o al momento del pago final, si sólo corresponde un único pago. Junto con su solicitud, los interesados aportarán una declaración responsable afirmando su compromiso de obtener la titularidad de todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarias para su ejecución y funcionamiento en un momento anterior a la ejecución de la inversión o a su puesta en servicio o, en otro caso, su innecesariedad.
- En el caso de inversiones inmuebles, la disponibilidad de los terrenos por un periodo mínimo de diez años desde la fecha de certificación final.
- Cuando una inversión pueda tener efectos negativos sobre el medio ambiente, solo será subvencionable si ha sido sometida a un proceso de evaluación ambiental con resultado favorable de acuerdo con la legislación aplicable.
- En el caso de inversiones para la generación de energías renovables, éstas se destinarán exclusivamente para el autoconsumo de la explotación y se deberán respetar los criterios de sostenibilidad de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva de energías renovables 2018/2001.
Trámites relacionados
Convocatoria 2025
En plazo hasta el 05/02/2025
Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio Provincial de Huesca. 974 293 100
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Teléfono. Servicio Provincial de Teruel. 978 641 102
- Teléfono. Servicio Provincial de Zaragoza. 976 715 115
- Página web. Soporte técnico para consultas o incidencias
- Página web. Oficinas comarcales y Servicios Provinciales
- Presencial. Horario de oficina de 9:00 a 14:00 horas.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Orden 157/2024, de 16 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027; modificada por ORDEN AGA/498/2024, de 15 de mayo
Orden 498/2024, de 15 de mayo, por la que se modifica la Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero, que aprueba las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, así como la Orden AGA/220/2024, de 4 de marzo, de convocatoria de subvenciones a tal fin para el año 2024
Trámites relacionados
En plazo hasta el 05/02/2025
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