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Subvención en materia de modernización de las explotaciones agrarias y sus complementos (PEPAC 2023-2027)

A través de este trámite se solicitan subvenciones a la modernización de explotaciones agrarias enmarcadas en el Programa de Desarrollo Rural para Aragón (PEPAC 2023-2027).

Dirigido a

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas
  • Entidades sin personalidad jurídica

Requisitos

  • Las inversiones deben ser económicamente viables y adecuadas a la explotación, si bien cuando la totalidad de las inversiones solicitadas respondan exclusivamente al cumplimiento de nuevas normas comunitarias no será necesario justificar la mejora del rendimiento global de la explotación.
  • Las inversiones inmuebles han de estar ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las inversiones que requieran acta de no inicio han de ejecutarse con posterioridad a la certificación del no inicio por el instructor, de tal modo que las ya ejecutadas con fecha anterior al control del instructor no serán subvencionables; y siempre de forma posterior a la solicitud de subvención.
  • Las licencias, permisos o autorizaciones, cuando sean preceptivos para la ejecución de la inversión, habrá de aportarlos el interesado con anterioridad al momento del pago del primer tramo de ayuda o al momento del pago final, si sólo corresponde un único pago. Junto con su solicitud, los interesados aportarán una declaración responsable afirmando su compromiso de obtener la titularidad de todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarias para su ejecución y funcionamiento en un momento anterior a la ejecución de la inversión o a su puesta en servicio o, en otro caso, su innecesariedad.
  • En el caso de inversiones inmuebles, la disponibilidad de los terrenos por un periodo mínimo de diez años desde la fecha de certificación final.
  • Cuando una inversión pueda tener efectos negativos sobre el medio ambiente, solo será subvencionable si ha sido sometida a un proceso de evaluación ambiental con resultado favorable de acuerdo con la legislación aplicable.
  • En el caso de inversiones para la generación de energías renovables, éstas se destinarán exclusivamente para el autoconsumo de la explotación y se deberán respetar los criterios de sostenibilidad de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva de energías renovables 2018/2001.

Trámites relacionados

Convocatoria 2025

En plazo hasta el 05/02/2025

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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