Autorización de transporte sanitario público (VS)
A través de este servicio, las personas físicas o jurídicas, podrán hacer las solicitudes para obtener y gestionar la autorización que permite realizar transporte sanitario público (VS).
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas que realicen transporte público sanitario
Requisitos
- Ser persona física o jurídica.
-
Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal:
- Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios, epígrafe correspondiente transporte sanitario en ambulancia. (721.4)
- Estar libre de deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo.
-
Cumplir con las obligaciones laborales y sociales
- Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
- Estar libre de sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes.
- Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes.
-
Disponer de un local, distinto al domicilio privado de la persona titular, abierto al público (poblaciones más de 20.000 habitantes).
- Acreditar que dispone de los medios y la tecnología para prestar atención durante las 24 horas del día y la comunicación y transmisión de datos a sus medios asistenciales y la localización geográfica de los vehículos.
- La empresa deberá tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte, hasta, al menos, la cantidad de 50 millones euros.
- Estar en posesión del certificado ISO 9001, según los requisitos de la norma UNE 179002:2008.
- Contar, al menos, con un profesional que haya obtenido el certificado acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión de Transporte Sanitario u otra titulación superior relacionada con la materia, entre las personas que de manera efectiva y permanente dirijan la empresa.
- La empresa deberá disponer del personal adecuado y con la cualificación necesaria que, con arreglo a lo especificado en el RD 836/2012.
-
Disponer de, al menos, 5 vehiculos provistos de certificacion tecnico-sanitaria en propiedad, arrendamiento financiero, tipo «leasing», o arrendamiento ordinario según las condiciones previstas en el artículo 133.2 LOTT.
-
El vehículo deberá cumplir las condiciones técnico-sanitarias para la clase de vehículo a la que pertenezca
- Para la obtención de la certificación técnico-sanitaria será necesario acreditar: El vehículo deberá estar matriculado y habilitado para circular y no podrá superar la antigüedad de 10 años, contados desde su primera matriculación. Deberá hallarse vigente la última ITV periódica. El vehículo deberá cumplir las condiciones técnico sanitarias que para la clase de vehículos sanitarios a que pertenezca.
- Que estén en propiedad, arrendamiento financiero, tipo «leasing», o arrendamiento ordinario.
-
El vehículo deberá cumplir las condiciones técnico-sanitarias para la clase de vehículo a la que pertenezca
Trámites relacionados
Alta de nueva autorización de empresa
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte sanitario público. podrán solicitar la autorización de transporte sanitario público (VS).
En plazo permanente
Visado de autorizaciones
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte sanitario público (VS) podrán acceder a la confirmación del visado de oficio (renovación) de la autorización. La persona solicitante únicamente podrá confirmar el visado en el mes que le corresponda en función del último dígito de su documento NIF, de acuerdo con el calendario de visados.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, de 1990, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres
Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera
Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera
Real Decreto 1772/1994, de 4 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Trámites relacionados
En plazo permanente
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