Autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC)
A través de este servicio, las empresas dedicadas a una finalidad principal distinta de la del transporte podrán hacer las solicitudes para obtener y gestionar la autorización para realizar transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
Son transportes privados complementarios los que llevan a cabo empresas u otras entidades como actividad complementaria necesaria o adecuada para el correcto desarrollo de su actividad principal, que es distinta del transporte de personas.
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado complementario de viajeros/as en autobús
Requisitos
- Ser persona física o juridica
- La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte de público de viajeros/as.
- No ser titular de una autorización de transporte público.
- Las personas usuarias deberán ser personas trabajadoras adscritas a uno de los centros de la empresa u otras personas que asistan a éstos, debiendo cumplirse en este segundo caso las reglas que al efecto se determinen reglamentariamente
- A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 104 de la LOTT, habrá de resultar acreditada la necesidad de transportar y su proporcionalidad en relación con el número de plazas de los vehículos que se pretenda utilizar al amparo de la autorización.
- Disponer de al menos un vehículo, con capacidad de tracción propia y que su titular disponga de ello en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- El origen o el destino del transporte deberá ser uno de los lugares en que la empresa desarrolle trabajos relacionados con su actividad principal.
- Los vehículos utilizados deberán hallarse integrados en la organización de la empresa. En este caso, también los remolques y semirremolques utilizados habrán de hallarse integrados en la organización de la empresa a título de propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario
- Los conductores de los vehículos deberán hallarse integrados en la organización de la empresa y contar con las habilitaciones que, en su caso, resulten pertinentes.
- No será necesaria la previa obtención de autorización para realizar transporte de viajeros/as en vehículos de turismo (artículo 103 LOTT).
Trámites relacionados
Alta nueva autorización de empresa
A través de este trámite, las empresas dedicadas a una finalidad principal distinta de la del transporte podrán solicitar la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Visado de autorizaciones
A través de este trámite, las empresas dedicadas a una finalidad principal distinta de la del transporte podrán acceder a la confirmación del visado de oficio (renovación) de la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC). La persona solicitante únicamente podrá confirmar el visado en el mes que le corresponda en función del último dígito de su documento NIF, de acuerdo con el calendario de visados.
En plazo permanente
Rehabilitación
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús podrán rehabilitar la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC)
En plazo permanente
Inscripción nuevos vehículos
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús dar de alta nuevos vehículos en la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Desascripción de vehículos
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús podrán dar de baja vehículos incluidos en la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Cambio de domicilio
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús podrán cambiar la domiciliación de la autorización para el transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Renuncia
A través de este trámite. las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús podrán dar de baja. por renuncia. la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Sustitución vehículo averiado
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que realicen transporte privado de viajeros en autobús podrán sustituir temporalmente, por avería, vehículos adscritos dentro de la autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC).
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Ordenación de los Transportes Terrestres
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Trámites relacionados
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