Autorización de empresa como centro de formación para obtener el certificado de aptitud profesional (CAP) - Homologación de cursos de formación
N° 10807
A través de este trámite, las personas interesadas podrán solicitar homologación de los cursos impartidos por una empresa CAP.
Dirigido a
- Ser titular de una autorización de empresa CAP
Requisitos
- Ser persona física o jurídica.
- Disponer de firma electrónica.
-
Disponer de plantilla mínima imprescindible para el funcionamiento de la empresa CAP:
-
Un/a director/a docente, que podrá coincidir con la persona titular, a quien corresponderá programar, ordenar, controlar y comprobar de forma asidua y constante el desarrollo de la actividad docente de la empresa CAP en lo concerniente al régimen de enseñanza y actuación del personal docente. Para ser director/a docente se requerirá haber ejercido como profesor/a, o como director/a, durante un período mínimo de tres años en un centro de formación de los enumerados a continuación o de otros de similares características:
- Centro de formación de conductores/as.
- Centro de formación de conductores/as de mercancías peligrosas.
- Centro de formación acreditado por un Servicio Público de Empleo.
- Autoescuela de conductores/as.
- Centro de Formación Profesional.
- Centro de formación de una determinada empresa, asociación u organización sindical o profesional.
- Un/a profesor/a especializado/a en materia de formación vial.
- Un/a profesor/a especializado/a en materia de conducción racional, basada en las normas de seguridad, y medioambiental.
- Un/a profesor/a especializado/a en logística y transportes por carretera.
- Un/a profesor/a especializado/a en transporte de materias peligrosas.
- Un/a profesor/a especializado/a en equipos y medios de extinción de incendios.
- Un/a profesor/a especializado/a en primeros auxilios.
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Un/a director/a docente, que podrá coincidir con la persona titular, a quien corresponderá programar, ordenar, controlar y comprobar de forma asidua y constante el desarrollo de la actividad docente de la empresa CAP en lo concerniente al régimen de enseñanza y actuación del personal docente. Para ser director/a docente se requerirá haber ejercido como profesor/a, o como director/a, durante un período mínimo de tres años en un centro de formación de los enumerados a continuación o de otros de similares características:
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Locales adecuados para impartir, al menos, la parte teórica de los cursos. Los locales deberán reunir los siguientes requisitos mínimos:
- Un aula, cuya superficie no será inferior a 1,5 metros cuadrados por alumno/a.
- Un espacio para servicios generales del centro.
- Disponer de un sistema de control de acceso biométrico que cumpla las características que determine la Dirección General de Transporte Terrestre con el fin de facilitar el control de asistencia a los cursos que se impartan, tanto en la parte de formación impartida en aula como de la impartida a bordo de un vehículo.
- Vehículos que resulten necesarios para la realización de las prácticas señaladas en el anexo IV.
-
Material didáctico:
- Material que resulte adecuados para la enseñanza de la normativa reguladora de la circulación y el transporte, su documentación, señales, marcas y distintivos; la adecuada realización de las operaciones de carga y descarga, maniobras, etcétera, de los vehículos; la salud y el comportamiento adecuado durante el transporte y en casos de emergencia, y la regulación y cumplimiento de las normas reguladoras en materia de tiempos de trabajo, conducción y descanso en el transporte por carretera.
- Equipo necesario para proyectar eficazmente el material a que se refiere el apartado anterior.
- Un maniquí de reanimación cardio-pulmonar básica para personas adultas que permita la subluxación mandibular, la ventilación boca a boca y boca a nariz, el masaje cardiaco externo y la valoración del pulso carotideo, con su correspondiente sistema de registro de las técnicas elementales, en las debidas condiciones de funcionamiento e higiene para ser utilizado en la enseñanza y prácticas de los primeros auxilios.
- Aparatos tacógrafos analógico y digital, o bien sistemas o programas de simulación de estos equipos de control, que permitan su utilización, de manera física o virtual, por los alumnos/as.
- Modelos de la documentación de transporte por carretera que debe ir a bordo del vehículo.
- Modelo de carta de porte.
- Programa de cualificación y formación que prevea impartir, indicando su plan de ejecución y los métodos de enseñanza previstos, así como, en su caso, las condiciones de acceso y participación en los cursos.
Pago de tasas
Tarifa 12. Por homologación de curso de formación e inscripción en el registro correspondiente.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Justificante de abono de la Tasa 05 Tarifa 10
Memoria
Debe contener especificaciones señaladas en el anexo III del Real Decreto 284/2021.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Datos Registro Mercantil
Información adicional
Los cursos impartidos por una empresa CAP deberán ajustarse a un modelo previamente homologado por el mismo órgano administrativo que autorizó la empresa.
Para que un curso modelo sea homologado, la empresa deberá presentar una memoria en la que se contengan las especificaciones señaladas en el anexo III del Real Decreto 284/2021.
Examinada dicha memoria, y una vez comprobado que el contenido del modelo de curso contempla la totalidad de las materias recogidas en el anexo I y que el personal docente y los medios propuestos, así como su duración, resultan adecuados a los fines perseguidos por este real decreto, el órgano competente, en el plazo máximo de tres meses, dictará y notificará la resolución homologándolo y procederá a su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
La referida homologación será válida en tanto no se modifique el contenido o características del curso.
Los cursos homologados a una misma persona física o jurídica titular de una autorización de empresa CAP en virtud de lo previsto en el capítulo anterior, podrán impartirse en todas sus sucursales y aulas móviles comunicadas.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. DG. dgtransportes@aragon.es
- Correo electrónico. Huesca. buzoncaphuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
Orden 2607/2010, de 1 de octubre, FOM por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan los cursos de cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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