Procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de inspectores de educación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
N° 1578
A través de este trámite, las personas funcionarias que pertenezcan a alguno de los cuerpos que integran la función pública docente y que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria podrán presentar una solicitud para participar en el proceso selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en Aragón.
Requisitos
- a) Ser español/a o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los/as nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los/as de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
- c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo de Inspectores de Educación.
- d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
- e) No ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se refiere esta convocatoria.
- f) Acreditar carecer de antecedentes penales por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, o autorizar a la Administración para solicitar el certificado al que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil, introducido por la Ley 26/2015, de 28 de julio. Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.
- g) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud de admisión
Fotocopia del documento nacional de identidad
Dictamen técnico facultativo grado minusvalía
Los aspirantes que soliciten participar por el turno de reserva de discapacitados, deberán aportar el correspondiente dictamen técnico facultativo emitido por el órgano competente de calificación del grado de minusvalía, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Fotocopia del título
De Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, título de grado correspondiente o título equivalente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición. Si las titulaciones alegadas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación se hubieran obtenido en el extranjero, se adjuntará a la instancia de participación, fotocopia de la correspondiente resolución de homologación o la credencial de reconocimiento.
Documentación acreditativa de pertenecer a cuerpos docentes
Los funcionarios no pertenecientes al ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los subapartados 2.2.b) y 2.2.c) de la base segunda, para lo cual deberán presentar documentación acreditativa de pertenecer a alguno de los cuerpos docentes, en la que se hará constar el cuerpo, el número de registro personal, la fecha de ingreso en el Cuerpo y la duración real de los servicios prestados en la docencia.
Documentación acreditativa de los méritos alegados
Para su valoración en fase de concurso, entendiéndose que sólo serán tenidos en cuenta los méritos perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y consten acreditados documentalmente como se determina en el Anexo I. Aquellos aspirantes que participaron en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 15 de junio de 2009, podrán solicitar que se les mantenga la puntuación que les fue otorgada en la fase de méritos y aportarán, únicamente, la documentación acreditativa de los méritos perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en dicha convocatoria, salvo los méritos de los nuevos cargos reconocidos en las disposiciones complementarias respecto del apartado 3.2.1 que no se valoraron en el procedimiento selectivo anterior y que pueden valorarse en esta convocatoria.
Formulario del trámite:
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Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, FORMACIÓN E INNOVACIÓN
Normativa
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley
Decreto 211/2000, de 5 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación y se establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón, en todo lo que no se oponga a la normativa vigente
Orden ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, ORDEN ECD/1233/2021, de 28 de septiembre, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 11/09/2013 al 30/09/2013
Fuera de plazo
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