Regímenes en favor del clima y el medio ambiente
N° 1753
En virtud de lo dispuesto en la subsección 4 de la sección 2 del capítulo II del
título III del Reglamento (UE) número 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, según su artículo 31, los agricultores activos que se
comprometan a observar alguna de las prácticas beneficiosas para el clima y el medio
ambiente e en sus hectáreas subvencionables, percibirán
una ayuda según los establecido en este real decreto correspondiente a los regímenes
voluntarios en favor del clima y el medio ambiente (en adelante, «ecorregímenes»).
Las prácticas de los ecorregímenes, irán más allá de los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones
agrarias y medioambientales pertinentes y deberán ser diferentes de los compromisos
respecto de los cuales se conceden pagos incluidos en las intervenciones para el desarrollo rural.
9 tipos de ecorregímenes:
a) Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad
en las superficies de Pastos Húmedos.
b) Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad
en las superficies de Pastos Mediterráneos.
c) Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras
de cultivo de secano.
d) Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras
de cultivo de secano húmedo.
e) Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras
de cultivo de regadío.
f) Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos
leñosos en terrenos llanos.
g) Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos
leñosos en terrenos de pendiente media.
h) Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos
leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.
i) Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos
permanentes
Dirigido a
-
Personas físicas o jurídicas.
- Agricultores con derecho a un pagoque respeten sobre las hectáreas admisibles las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y medio ambiente.
Requisitos
- PASTOREO EXTENSIVO: tener REGA extensivo, manteniendo carga ganadera adecuada sobre pastos 0,1UGM/ha pastos mediterráneos, 0,2 UGM/ha pastos húmedos. Pastar con animales de la propia explotación. Realizar aprovechamiento a diente con una duración adecuada (mínimo 60 días explotación). Anotar guías de traslado en caso necesario, anotaciones en CUE de los pastoreos realizados cuando la distancia del pasto a la instalación supera 10km.
- ISLAS DE BIODIVERSIDAD EN PASTOS: tener REGA extensivo. Mantener 7% de pastos sin segar el período establecido (desde 1 de julio hasta 31 de agosto). Anotar en CUE las actuaciones posteriores.
- SIEGA SOSTENIBLE EN PASTOS: tener REGA extensivo, respetar el período de no siega (1 de julio - 31 de agosto), fuera de este período realizar máximo de 2 cortes si la altura de los pastos es inferior a 300m, y máximo de 3 cortes si la altura supera los 300m. Anotar en el CUE la fecha de cortes.
- ROTACIÓN DE CULTIVOS EN TIERRAS D ECULTIVO: Rotar al menos 25% (sólo en 2023), mínimo de 5% de especies mejorantes (siembras antes del 1 de mayo), barbecho máximo de 50%.
- SIEMBRA DIRECTA EN TIERRAS DE CULTIVO: Sobre un 40% de los recintos solicitados rotar el 100% y hacer siembra directa manteniendo los rastrojos, no realizando labores de arado. Posible complemento plurianual si se repite el cumplimiento de estos requisitos sobre estas superficies en campañas posteriores.
- CUBIERTAS VEGETALES O ESPONTÁNEAS EN CULTIVOS LEÑOSOS: Mantener sobre el terreno cubierta vegetal sembrada o espontánea todo el año anotando en CUE la fecha de establecimiento de la cubierta.. La cubierta ha de permanecer viva en diciembre y enero.. Se permiten labores superficiales poco profundas y nunca el volteo. La cubierta ha de ocupar al menos el 40% de ancho libre de copa. Posible complemento plurianual si se repite en mismos recintos estas prácticas.
- CUBIERTAS INERTES EN CULTIVOS LEÑOSOS: triturar los restos de poda y mantenerlos todo el año sobre el terreno. Han de ocupar al menos el 40% de ancho libre de copa. necesario anotarlo en CUE. Se permiten labores superficiales de mantenimiento siempre que se garantice el mantenimiento de la cubierta de restos de poda.
- ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD EN TIERRAS DE CULTIVO Y CULTIVOS PERMANENTES: Mantener porcentaje adecuado de espacios de biodiversidad (7% secano, 4% regadío, 4% cultivos permanentes). Excepcionalmente se permite pastorear/segar los barbechos y márgenes e islas de biodiversidad.
- ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD EN CULTIVOS BAJO AGUA: (arroz) Se pueden establecer las prácticas de nivelación, siembra en seco con inundación a 30-45 días de siembra, secas intermitentes tras aplicación de fitosanitarios o construcción de caballones.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud Conjunta PAC
Presentación en línea.
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Ayudas Directas por Superficie (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación)
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Teléfono. tf 976 714 626
- Correo electrónico. agricultura@aragon.es
- Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Normativa
Orden AGA/93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la “Solicitud Única” de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento
de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/02/2025 al 30/05/2025
En plazo
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