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Subvención del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido - Coste salarial y adaptación al puesto

N° 228

A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones para fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de empleo. En concreto:

a) Subvención del coste salarial de los puestos ocupados por personas con discapacidad.

b) Subvención por adaptación de puestos de trabajo.

Plazo de presentación

Del 13/01/2025 al 15/12/2025

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Los centros especiales de empleo que posean la calificación administrativa como tales y que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Ser Centros Especiales de Empleo calificados.
  • Tener centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las actuaciones subvencionables deberán ir referidas a centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con independencia de que los centros especiales de empleo que sean beneficiarios de las subvenciones tengan o no su sede social en dicho territorio.
  • Contar en la plantilla con trabajadores/as con el tipo y grado de discapacidad establecidos.
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en relación a otras subvenciones concedidas con anterioridad con la finalidad de promover el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.
  • Subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo:
    • Aplicables a las adaptaciones personales y singularizadas para puestos de trabajo ocupados por una persona con discapacidad que tenga una relación laboral de carácter especial con el CEE.
    • Informe favorable que justifique la necesidad de las actuaciones.
    • El importe de la subvención en ningún caso podrá rebasar el coste real de la inversión.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documento de apoderamiento

    En caso de ser necesario debe aportarse junto a la solicitud. Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En todo caso, con respecto al mes por el cual se solicita

  • Relación nominal mensual de los trabajadores/as con discapacidad

    Por los que se solicita subvención.

  • Informe de adecuación o dictamen de aptitud

    Sólo si hubiesen experimentado un cambio en su tipo o grado de discapacidad.

    Uno u otro según se trate de personas con discapacidad o personas pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas.

  • Nóminas y documento que acredite su pago

  • Documento RLC y RNT junto con el justificante de pago

  • Comunicaciones de modificaciones contractuales junto con el IDC

Ayuda para la adaptación del puesto de trabajo

  • Factura del gasto ocasionado

  • Documento de pago

  • Informe favorable que justifique la necesidad de la actuación

    Será emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por los servicios de prevención de la empresa, propios o subcontratados, o por los Servicios Sociales competentes.

En caso de incorporación en el mes a subvencionar

  • Contrato de trabajo y documento IDC

  • Acreditación vigente de su condición de persona con discapacidad

  • Informe de adecuación al puesto de trabajo

  • Informe de vida laboral de la empresa

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Consulta de datos de discapacidad

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

El plazo de presentación de las solicitudes de subvención de:

- Coste salarial, será:

Meses de noviembre 2024, diciembre 2024 y paga extra Navidad 2024: hasta el 17 de febrero de 2025

Mes de enero: desde el 1 hasta 17 de marzo de 2025

Mes de febrero: desde el 1 hasta 15 de abril de 2025

Mes de marzo: desde el 1 hasta el 15 de mayo de 2025

Mes de abril: desde el 1 hasta el 16 de junio de 2025

Mes de mayo: desde el 1 hasta el 15 de julio de 2025

Mes de junio: desde el 1 hasta el 18 de agosto de 2025

Paga extra Verano 2025: desde el 1 hasta el 18 de agosto de 2025

Mes de julio: desde el 1 hasta el 15 de septiembre de 2025

Mes de agosto: desde el 1 hasta el 15 de octubre de 2025

Mes de septiembre: desde el 1 hasta 17 de noviembre de 2025

Mes de octubre: desde el 1 hasta 15 de diciembre de 2025

- Adaptación de puestos de trabajo, será de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en el que se haya efectuado en su totalidad el pago del gasto ocasionado por la correspondiente adaptación.

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 13/01/2025 al 15/12/2025

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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