Gestión del Registro general del juego - Renovación de la inscripción
N° 634
A través de este trámite, las empresas que figuran en las secciones II, III, IV, V y VI del Registro General del Juego podrán renovar su inscripción en Aragón.
Dirigido a
- Empresas que quieran renovar su inscripción en el Registro general del juego
Requisitos
-
Las personas físicas o entidades mercantiles que pretendan su inscripción, en las correspondientes secciones del Registro general del juego, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tratándose de entidades mercantiles deberán de constituirse bajo la forma de sociedad de responsabilidad limitada o anónima, debiendo de estar su capital totalmente desembolsado y dividido en participaciones o acciones nominativas, y tener como objeto social exclusivo la fabricación y/o explotación de máquinas recreativas o de azar y/o salones de juego y/o de cualquier otra actividad que tenga relación con las reseñadas actividades de máquinas de juego y sea anejo o complementario de la mismas, siempre que estuvieran autorizadas por la legislación del juego vigente.
- Los accionistas o partícipes de las entidades mercantiles, así como las personas que ostenten el cargo de administrador o sean miembros de los órganos de gobierno colegiados, no deberán de encontrarse en alguna de las causas de inhabilitación establecidas en la Ley del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Pago de tasas
Tasa 19. Tasa por prestación de Servicios Administrativos y Técnicos en materia de Juego
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Declaración responsable de la empresa
en el caso de no haber tenido modificaciones respecto a lo dispuesto en la letra c) del artículo11 del Decreto 22/2015, en caso contrario se deberá aportar la escritura de modificación.
Tasas administrativas
Justificante de abono de la tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego (modelo 519)
Autorización de petición al registro central de penados y rebeldes de información de antecedentes
Descargar modelo Autorización de petición al registro central de penados y rebeldes de información de antecedentesAutorización administradores o gestores de empresas
Descargar modelo Autorización administradores o gestores de empresas
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento de Identidad
Copia del Documento Nacional de Identidad, si el solicitante fuese persona física y fotocopia del Código de Identificación Fiscal si el solicitante fuese entidad mercantil además de acompañar, en este caso, la fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del documento equivalente de sus administradores o gestores.
Certificado de antecedentes penales
Las citadas personas deberán aportar el certificado negativo del Registro central de penados y rebeldes o autorizar a la Administración para su obtención.
Impuesto de Actividades Económicas
Justificación de estar al corriente del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas o alta censal correspondiente a su actividad.
Obligaciones tributarias
Justificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Administración General del Estado o en su caso autorización a la Administración para su obtención.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La renovación será por un período de diez años.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 441
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
- Teléfono. 976 714 441
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego.
Orden /2011, de 11 de julio, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación de solicitudes de diversos procedimientos del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, en materia de juego
Decreto 3/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro General del Juego y se aprueba su Reglamento.
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Un mes
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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En plazo permanente
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