Gestión del derecho de admisión - Aprobación y visado de las condiciones particulares de admisión en espectáculos públicos actividades recreativas y establecimientos públicos
N° 1329
A través de este trámite, los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos podrán solicitar la aprobación y visado de condiciones, instrucciones y reglas específicas de admisión y permanencia en los mismos.
Dirigido a
- Titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos que pretendan establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.
Requisitos
- Ser titular de un espectáculo público, actividad recreativa o establecimiento público que pretenda establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.
- Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrán de contar con un fundamento razonable y respetar los derechos de los consumidores y usuarios fundamentalmente en lo relativo a la introducción de cláusulas abusivas.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud según modelo
Copia del cartel
Donde se indiquen las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia que se pretenden autorizar y visar.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia, que hayan sido debidamente aprobadas y visadas, deberán figurar en un cartel perfectamente legible, de un tamaño mínimo de 20 centímetros de alto por 30 centímetros de ancho, que deberá estar colocado en un lugar fácilmente visible desde la entrada.
Cualquier modificación de las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrá de observar nuevamente el procedimiento de visado.
En los locales y recintos cuyo acceso requiera la previa adquisición de una entrada o localidad, el cartel a que se refiere el apartado anterior se colocará también en un sitio visible y legible junto a las taquillas o lugar de expedición de aquéllas. Cuando la venta de entradas se realice a través de medios telemáticos, se habilitará en la web correspondiente un apartado que permita visualizar con claridad y facilidad las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.
La autorización y visado se realizará por las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel respecto de las solicitudes referidas a espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos radicados en su respectiva provincia.
Presentación de la solicitud
Telemática
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certificado electrónico o cl@ve).
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- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 443
- Correo electrónico. espectaculospublicos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Decreto 123/2010, de 22 de junio, por el que se modifica el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Decreto 118/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se salva un error en el Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
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Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 mes. Transcurrido el cual sin haberse notificado resolución expresa, el interesado podrá dar publicidad a las correspondientes condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanen...
1 mes. Transcurrido el cual sin haberse notificado resolución expresa, el interesado podrá dar publicidad a las correspondientes condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia.
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