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Gestión del derecho de admisión - Aprobación y visado de las condiciones particulares de admisión en espectáculos públicos actividades recreativas y establecimientos públicos

N° 1329

A través de este trámite, los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos podrán solicitar la aprobación y visado de condiciones, instrucciones y reglas específicas de admisión y permanencia en los mismos.

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos que pretendan establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.

Requisitos

  • Ser titular de un espectáculo público, actividad recreativa o establecimiento público que pretenda establecer condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.
  • Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrán de contar con un fundamento razonable y respetar los derechos de los consumidores y usuarios fundamentalmente en lo relativo a la introducción de cláusulas abusivas.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud según modelo

  • Copia del cartel

    Donde se indiquen las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia que se pretenden autorizar y visar.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

Las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia, que hayan sido debidamente aprobadas y visadas, deberán figurar en un cartel perfectamente legible, de un tamaño mínimo de 20 centímetros de alto por 30 centímetros de ancho, que deberá estar colocado en un lugar fácilmente visible desde la entrada.

Cualquier modificación de las condiciones, instrucciones y reglas particulares de admisión y permanencia habrá de observar nuevamente el procedimiento de visado.

En los locales y recintos cuyo acceso requiera la previa adquisición de una entrada o localidad, el cartel a que se refiere el apartado anterior se colocará también en un sitio visible y legible junto a las taquillas o lugar de expedición de aquéllas. Cuando la venta de entradas se realice a través de medios telemáticos, se habilitará en la web correspondiente un apartado que permita visualizar con claridad y facilidad las condiciones, instrucciones o reglas particulares de admisión y permanencia.

La autorización y visado se realizará por las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel respecto de las solicitudes referidas a espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos radicados en su respectiva provincia.

Presentación de la solicitud

Telemática

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