Gestión de planes urbanísticos - Plan especial de desarrollo de Plan general de ordenación urbana
N° 181
A través de este trámite, los municipios aragoneses o el promotor, en el caso establecido en el art. 60 la Ley de Urbanismo de Aragón, podrán solicitar, a los Consejos Provinciales de Urbanismo, la emisión de informe para la aprobación definitiva municipal de un Plan Especial de Desarrollo de Plan General de Ordenación Urbana.
Dirigido a
- Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Los establecidos en la Ley de Urbanismo de Aragón.
- Aprobación inicial del Plan Especial por el alcalde/sa dando cuenta al Ayuntamiento en Pleno.
-
En desarrollo de las previsiones contenidas en el plan general, las Administraciones competentes y, en su caso, los particulares podrán formular planes especiales para las siguientes finalidades:
- El desarrollo de los sistemas generales.
- La protección del medio ambiente, de la naturaleza y del paisaje.
- La mejora de las condiciones de salubridad, higiene y seguridad mediante la ejecución de obras de abastecimiento y saneamiento de aguas o el tratamiento de residuos.
- La protección del patrimonio edificado y la reforma interior en suelo urbano.
- La vinculación del destino de terrenos a la construcción de viviendas protegidas preferentemente de alquiler, incrementando las reservas iniciales del plan general o vinculando terrenos o construcciones a otros usos sociales.
- La protección de conjuntos históricos declarados conforme a la normativa de patrimonio cultural aragonés.
- Otras finalidades análogas.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Expediente Municipal
Expediente municipal completo formulado por el Ayuntamiento correspondiente.
Informes sectoriales
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Documentación necesaria para el desarrollo del correspondiente Plan General, debidamente justificado y desarrollado en
Memoria descriptiva y justificativa
Planos
Catálogos
Ordenanzas
Plan de etapas
Evaluación de costes
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9:00 a 14:00 horas. 976 714 532
- Correo electrónico. Dirección General de Urbanismo. dgurbanismo@aragon.es
- Presencial. De 9:00 a 14:00 horas. Dirección General de Urbanismo. Avda. Ranillas, 3A, planta 2ª, oficina J. 50018. Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Normativa
Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios
Decreto 78/2017, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Normativa Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.