Gestión de máquinas de juego - Transmisión
N° 1021
A través de este trámite se podrá transmitir la autorización de la explotación de máquinas recreativas de una empresa operadora a otra en Aragón.
Dirigido a
- Las empresas operadoras que deseen transmitir la autorización de explotación de máquinas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Las empresas operadoras deberán figurar inscritas en la Sección IV, del Libro Tercero "Juego de Máquinas" del Registro General del Juego.
-
La empresa adquirente deberá:
- Hallarse inscrita en el Registro General del Juego,
- Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias sobre el juego y
- Contar con las fianzas necesarias para garantizar las nuevas autorizaciones.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Título de transmisión
Mediante cualquier forma jurídica admitida por la legislación civil o mercantil, con la firma de sus representantes legales reconocidas por entidad bancaria, salvo en el caso de documento electrónico que bastará la cumplimentación mediante firma digital reconocida por la FNMT o el Gobierno de Aragón.
Autorización explotación
Copia de la autorización de explotación correspondientes a la operadora y a la máquina.
Tasas administrativo
Justificante del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego.
Comunicación emplazamiento máquina
Comunicaciones de emplazamiento de la máquina a transmitir y nueva comunicación de emplazamiento debidamente diligenciada.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
El órgano competente en materia de juego efectuará el diligenciado de las autorizaciones de explotación con los nuevos datos de la empresa operadora propietaria
En el caso de transmisión de las máquinas adquiridas mortis causa no será necesario que el heredero o herederos tengan la condición de empresa operadora siempre que se realice por éstos a favor de una empresa operadora inscrita en el Registro General del Juego que tenga debidamente constituidas y actualizadas las fianzas correspondientes. Dicha transmisión habrá de efectuarse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de fallecimiento.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 441
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden _/2015, de 9 de marzo, del Consejero de Política Territorial e Interior, por la que se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de juego y sus normas de interconexión.
Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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