Gestión de máquinas de juego - Interconexión
N° 629
A través de este trámite, las empresas autorizadas podrán solicitar la interconexión de máquinas recreativas entre los establecimientos autorizados en Aragón.
La interconexión de máquinas podrá ser entre máquinas dentro del mismo establecimiento, entre máquinas de diferentes establecimientos del mismo tipo o dentro de la misma máquina.
Dirigido a
- Las empresas titulares de salones de Juego, salas de bingo o casinos de juego que quieran tener interconectadas máquinas recreativas.
- Las Empresas prestadoras de Servicios de Interconexión.
Requisitos
- Estar inscrito en la Sección VI Empresas prestadoras de servicios de interconexión en el Registro de la Comunidad Autónoma de Aragón.
-
La previa homologación e inscripción del sistema de interconexión por el órgano competente en materia de juego en el que se deberá acreditar, mediante certificación expedida por una entidad autorizada por el órgano competente en materia de juego, el cumplimiento de los siguientes requisitos técnicos:
- Que el servidor central se encuentra instalado dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y controlar el sistema de interconexión en su conjunto. Dicho sistema deberá estar dotado de cuantos controles de seguridad sean necesarios y deberá asegurar la inviolabilidad del acceso al sistema.
- Que el servidor se halle en uno de los locales con las máquinas interconectadas o en un local independiente que deberá estar autorizado por el órgano competente en materia de juego.** Que el sistema de interconexión de las máquinas garantiza su comunicación constante y en tiempo real de manera que asegure la relación entre cualquier evento en el desarrollo del juego y el sistema de control y gestión por debajo del tiempo mínimo establecido reglamentariamente para una partida.
- Que dispone de los correspondientes adaptadores a los que se conectan las máquinas recreativas que conformen el carrusel del sistema de interconexión.
- Que cuenten con una red interna dentro de cada local de juego que conecte los adaptadores de las máquinas a un servidor local o concentrador del local de juego.
- Que cuenten con una red externa que conecte el local de juego con el sistema central de interconexión.
- Que cuenten con visualizadores conectados a la red de cada local destinado a informar en cualquier momento de los premios y del estado del juego interconectado.
- Que las máquinas interconectadas al sistema interactuarán directamente con el jugador sin que puedan tener incorporado ningún elemento adicional que haga depender exclusivamente de ellas el desarrollo del juego.
- Que el premio acumulado no suponga una disminución del porcentaje de devolución de cada una de las máquinas interconectadas. El pago de los premios entregados estará sujeto a la normativa tributaria vigente en cada momento.
- Que cuando se entregue un premio en el dispositivo de interconexión, éste se reinicie en una cantidad que no podrá superar al premio que pueda otorgar una de las máquinas interconectadas.
- Que una misma máquina sólo forme parte un sistema de interconexión en los locales de juego y de un sistema de interconexión entre locales de juego.
- El premio acumulado que podrá entregarse vendrá determinado por la suma de los premios que se entreguen en cada máquina, no pudiendo superar la cantidad de 15.000 euros para máquinas B1, B2 y B4, y de 20.000 euros para máquinas B4 entre los Salones de Juego, de 90.000 euros entre Salas de Bingo y de 25.000 euros para máquinas B1, B2 y B4, y de 18.000 euros para máquinas B3 entre Casinos de juego.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Anexo I o II de la Orden 9 de marzo de 2015 por la que se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de juego y sus normas de interconexión.
INTERCONEXIÓN DE MÁQUINAS RECREATIVAS. ANEXO
Descargar modelo INTERCONEXIÓN DE MÁQUINAS RECREATIVAS. ANEXO
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Cualquier modificación de la relación de máquinas interconectadas deberá ser autorizada por el órgano competente en materia de juego, previa solicitud que deberá incluir los datos reseñados anteriormente.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
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Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
- Cita previa. Teléfono 976714441
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden _/2015, de 9 de marzo, del Consejero de Política Territorial e Interior, por la que se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de juego y sus normas de interconexión.
Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
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