Gestión de máquinas de juego - Canje
N° 1023
A través de este trámite, las empresas operadoras podrán solicitar el canje de máquinas recreativas en Aragón.
Dirigido a
- Las empresas operadoras que deseen canjear máquinas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- El titular de la máquina deberá encontrarse inscrito como empresa operadora del tipo B o C en la Sección IV del Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Es preceptiva la autorización sobre la idoneidad del canje fiscal por el órgano que tenga atribuidas las competencias en materia fiscal sobre el juego, debiendo estar la máquina que se pretende dar de baja al corriente de pago de los tributos sobre el juego.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Autorización de explotación
Copia de la autorización de explotación que se encuentren en poder de la empresa operadora de la máquina que se va a dar de baja.
Declaración responsable
Acreditando la inutilización, desguace o destrucción de la máquina sustituida o bien su depósito con estos últimos fines, según modelo que figura en el anexo IX del Reglamento.
Comunicación de emplazamiento
Copias de las comunicaciones de emplazamiento que se encuentren en poder de la empresa operadora de la máquina que se va a dar de baja.
Autorización de explotación de la máquina
Acompañada del certificado de fabricación.
Comunicación emplazamientos nuevoss
Nuevos ejemplares de comunicación de emplazamiento de la máquina que se va a dar de alta debidamente cumplimentados.
Tasas administrativas
Justificante del ingreso de la tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego (modelo 519).
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Las empresas operadoras podrán solicitar una nueva autorización de explotación de una máquina de tipo B de la que sea titular, al amparo de la baja definitiva de otra máquina del mismo tipo, efectuada dentro del mismo ejercicio fiscal y ámbito territorial, para su sustitución a efectos fiscales, mediante los procedimientos descritos en los artículos 34 y 38 del Reglamento, relativos al alta y a la baja de autorizaciones de explotación
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 441
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden _/2015, de 9 de marzo, del Consejero de Política Territorial e Interior, por la que se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de juego y sus normas de interconexión.
Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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