Gestión de máquinas de juego - Baja definitiva
N° 1020
A través de este trámite, las empresas operadoras podrán dar de baja la explotación de máquinas recreativas en el Registro General del Juego de Aragón.
Dirigido a
- Las empresas operadoras que deseen dar de baja máquinas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar inscrito como empresa operadora del tipo que proceda en la Sección IV del Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Encontrarse al corriente de pago de los tributos sobre el juego de la referida máquina.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Autorización explotación máquina
Copia de la autorización de explotación correspondientes a la máquina y a la empresa
Autorización instalación y emplazamiento local
Copia de la autorización de instalación y emplazamiento del local si procede
Declaración responsable
Se debe acreditar la inutilización, desguace o destrucción de la máquina sustituida o bien su depósito con estos últimos fines, según Anexo IX del Reglamento.
Emplazamiento empresa operadora
Copia de la comunicación de emplazamiento correspondiente a la empresa operadora
Tasas administrativas
Justificante de ingreso de la tasa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego (modelo 519)
Certificado lectura final contadores
Suscrita por el órgano de inspección que indique la lectura final de contadores antes de la desconexión de la máquina, indicando como mínimo el número de identificador del contador y el total de entradas y salidas registradas en el mismo.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
El órgano competente en materia de juego devolverá el ejemplar de la autorización de explotación perteneciente a la empresa operadora con la diligencia de baja a todos los efectos
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
- Cita previa. Teléfono 976 714441
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Orden _/2015, de 9 de marzo, del Consejero de Política Territorial e Interior, por la que se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de juego y sus normas de interconexión.
Decreto 22/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de maquinas de juego
Ley 2/2000, de 28 de junio, del juego de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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