Extinción de cotos de caza
N° 1680
A través de este trámite se solicita la extinción de un coto de caza en Aragón.
Subtipología 27D del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
-
Aquellas personas físicas o jurídicas privadas y colectivos (expresados a continuación) que deseen solicitar la extinción de un coto de caza:
- Personas físicas o jurídicas privadas
- Sociedades deportivas de cazadores
- Ayuntamientos
- Federación Aragonesa de Caza
- En casos excepcionales, otros titulares de derechos cinegéticos
Requisitos
-
Ser titular del coto o explotación intensiva de caza y cesar en la actividad por cualquiera de las siguientes causas:
- Renuncia o muerte del titular.
- Pérdida de los derechos cinegéticos que hagan inviable el ejercicio de la actividad cinegética de forma racional o que dé, como resultado, una superficie inferior mínima a la establecida.
- Extinción de la persona jurídica titular de los derechos de aprovechamiento cinegético del coto, salvo que proceda su continuidad de acuerdo con la normativa vigente.
- Establecimiento de otro régimen cinegético que resulte incompatible con la existencia del coto.
- La falta de pago de la tasa de gestión.
- Nota: Cuando se produzca la anulación o extinción de un coto de caza, los terrenos que lo integran pasarán automáticamente a tener la consideración de zonas no cinegéticas, quedando obligado el anterior titular a la retirada de la señalización.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Cotos deportivos:
Certificado de acuerdo del órgano
Con capacidad para acordar la extinción.
Cotos municipales:
Certificado del Acuerdo Municipal del Pleno
Para la solicitud de la extinción del coto.
Cotos promovidos por al Federación Aragonesa de Caza:
Certificado del Acuerdo Federativo
Personas físicas o jurídicas privadas:
Poderes que acrediten al representante
Información adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Decreto 108/1995 Diputación General de Aragón, por el que se desarrollan los Títulos I, II y VII de la Ley 12/1992, de 10 de diciembre, de Caza, de la Comunidad Autónoma
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.