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Extinción de cotos de caza

N° 1680

A través de este trámite se solicita la extinción de un coto de caza en Aragón.

Subtipología 27D del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Aquellas personas físicas o jurídicas privadas y colectivos (expresados a continuación) que deseen solicitar la extinción de un coto de caza:
    • Personas físicas o jurídicas privadas
    • Sociedades deportivas de cazadores
    • Ayuntamientos
    • Federación Aragonesa de Caza
  • En casos excepcionales, otros titulares de derechos cinegéticos

Requisitos

  • Ser titular del coto o explotación intensiva de caza y cesar en la actividad por cualquiera de las siguientes causas:
    • Renuncia o muerte del titular.
    • Pérdida de los derechos cinegéticos que hagan inviable el ejercicio de la actividad cinegética de forma racional o que dé, como resultado, una superficie inferior mínima a la establecida.
    • Extinción de la persona jurídica titular de los derechos de aprovechamiento cinegético del coto, salvo que proceda su continuidad de acuerdo con la normativa vigente.
    • Establecimiento de otro régimen cinegético que resulte incompatible con la existencia del coto.
    • La falta de pago de la tasa de gestión.
  • Nota: Cuando se produzca la anulación o extinción de un coto de caza, los terrenos que lo integran pasarán automáticamente a tener la consideración de zonas no cinegéticas, quedando obligado el anterior titular a la retirada de la señalización.

Documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Cotos deportivos:

  • Certificado de acuerdo del órgano

    Con capacidad para acordar la extinción.

Cotos municipales:

  • Certificado del Acuerdo Municipal del Pleno

    Para la solicitud de la extinción del coto.

Cotos promovidos por al Federación Aragonesa de Caza:

  • Certificado del Acuerdo Federativo

Personas físicas o jurídicas privadas:

  • Poderes que acrediten al representante

Información adicional

Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

OTRO

Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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