Declaración responsable de oficinas de turismo y puntos de información turística de Aragón - Oficinas de turismo
N° 1692
A través de este trámite, las oficinas de turismo de titularidad pública o privada que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura.
Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.
Dirigido a
- Personas Físicas o Jurídicas que quieran abrir una oficina de turismo
Requisitos
- Disponer de un espacio de atención al público y de una zona dedicada a exposición de material al objeto de facilitar las tareas de información y consulta.
- Los accesos a la oficina, el diseño del mobiliario, la distribución del espacio de atención al público y los medios a disposición del turista, deberán cumplir la normativa vigente sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación
- Cumplir con lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación
- Deberán contar con teléfono, dotado de servicio de contestador telefónico, y al menos disponer de un ordenador con acceso a Internet e impresora, una cuenta de correo electrónico y un buzón de sugerencias
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación de la representación que el solicitante ostenta
Respecto del titular de la oficina de turismo si se accede al Tramtiador sin certificado de representación
Título que acredite la disponibilidad del inmueble
Para la finalidad de oficina de turismo
Planos de la oficina de turismo
acotados y firmados por técnico competente.
Declaración responsable documentación
En caso de modificación o reforma sustancial, declaración responsable de que se dispone de la documentación justificativa de los cambios.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesValidación de NIF de un contribuyente
Información adicional
Inscripción en Registro de Turismo a efectos informativos.
Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.
Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a 3 meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:
- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.
- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.
- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza. 976 715 482
- Teléfono. Huesca. 971 293 325
- Teléfono. Teruel. 978 641 296
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera ...
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver másTrámites relacionados
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