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Ayudas para la adquisición de material curricular - Convocatoria 2024

N° 10424

A través de este trámite, se pueden solicitar ayudas para el uso de material curricular de alumnado escolarizado en etapas obligatorias en centros sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2024-2025.

Plazo de presentación

Del 14/06/2024 al 27/06/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Alumnado que en el curso escolar 2024-2025 vaya a cursar estudios en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Cursar estudios en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclo Formativo de Grado Básico y Educación Especial, en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • El máximo de renta familiar para tener acceso a las ayudas de material curricular será de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente para el periodo objeto de la convocatoria.
  • Estar y permanecer matriculados en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Custodiar y conservar en buenas condiciones el material curricular objeto de la subvención durante todo el curso escolar
  • Ceder el material curricular objeto de la subvención al centro escolar en el que se encuentre matriculado al finalizar el curso escolar, para su oportuno uso educativo

Documentación

No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Los documentos exigidos que ya estuvieran en poder de la Administración, el solicitante no estará obligado a presentarlos, siempre que se haga constar el momento y el órgano o dependencia en que fueron presentados.

Los solicitantes de estas ayudas que hayan resultado beneficiarios en el curso anterior y no vean modificados los datos de identidad, filiación o custodia necesarios para su otorgamiento, no deberán presentar dicha documentación acreditativa. Si se viera modificada alguna o algunas circunstancias, deberá aportar únicamente el documento o documentos acreditativos que correspondan, de conformidad con lo establecido en el anexo I.

Plazo de presentación de solicitudes: diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto y de la orden en el Boletín Oficial de Aragón.

Las ayudas previstas en la convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para idéntica finalidad de otras Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas. El solicitante deberá comunicar al órgano concedente las ayudas que, en su caso, se reciban o hayan recibido, que financien el servicio subvencionado en la convocatoria. La ayuda para la adquisición de material curricular será el total del importe señalado en la convocatoria (E. Primaria y E. Especial 160 euros ; E.S.O. y F.P.B.: 230 euros).

Presentación de la solicitud

Telemática

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 14/06/2024 al 27/06/2024

Fuera de plazo

Ambos días incluidos.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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