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Consejero/a de seguridad para transporte de mercancías peligrosas por carretera - Emisión del certificado

N° 2173

A través de este trámite se solicita la certificación necesaria para que una persona pueda ejercer las funciones de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Para su emisión, la persona tiene que haber superado el examen correspondiente de la especialidad o especialidades de transporte en las que vaya a ejercer.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Las personas físicas que deseen ejercer las funciones de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera

Requisitos

  • Superación del examen.

Pago de tasas

Para participar en los exámenes es necesario pagar la tasa 05, tarifa 04 , se deberá abonar una tasa por cada certificado que se solicita.

La autoliquidación descargada deberás cumplimentarla y llevarla para pagar, bien a la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma, bien a una entidad bancaria colaboradora con el Gobierno de Aragón.

Se recomienda realizar el pago de forma previa a la solicitud para poder adjuntar copia del resguardo de pago.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante

    Documento nacional de identidad -DNI-/ Número de identidad de extranjero -NIE. En caso de que el interesado otorgue a la Dirección General de Transportes la autorización para la comprobación de la identidad.

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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Exámenes

Fuera de plazo

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