Conciliaciones
A través de estos trámites, cualquier persona podrá pedir a la autoridad competente un acto de conciliación previo a la Jurisdicción Social.
Dirigido a
- Personas trabajadoras, empresas, sindicatos y trabajadores autónomos económicamente dependientes. Cualquier persona que quiera presentar una demanda ante la jurisdicción social, salvo los supuestos exceptuados expresamente por la ley
Requisitos
-
En la solicitud de conciliación (conocida también como “papeleta de conciliación”) se indicarán:
- Los datos de quien la presente y de las partes demandante y demandada/s, señalando su domicilio completo para enviar citación.
- Los datos laborales, contrato, antigüedad, salario y demás remuneraciones, con especial referencia a la que, en su caso, sea objeto de reclamación.
- Enumeración los hechos y la pretensión, indicando la cuantía económica si se reclama una cantidad.
- Si se trata de reclamación por despido, se hará constar la fecha de éste y los motivos alegados por la Empresa.
Trámites relacionados
Laboral preceptiva, previa a la jurisdicción social
A través de este trámite, cualquier persona trabajadora podrá pedir a la autoridad competente un acto de conciliación laboral para intentar solucionar las discrepancias que mantiene con el empresario. En esta conciliación se podrán tratar desacuerdos en despidos, salarios, sanciones disciplinarias u otros actos. El intento de conciliación es un requisito previo a la demanda en la Jurisdicción Social.
En plazo permanente
Preceptiva previa a la jurisdicción social de los trabajadores autónomos económicamente dependientes
A través de este trámite, cualquier persona trabajadora autónoma económicamente dependiente podrá pedir a la autoridad competente un acto de conciliación preceptivo previo a la Jurisdicción Social.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza. De 9 a 14 horas. 976 715 946
- Correo electrónico. Zaragoza. conciliacionyrepresentacion@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Zaragoza. Pº Fernando el Católico, 63-65. 50006
- Teléfono. Huesca. De 9 a 14 horas. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2 planta. 22071
- Teléfono. Teruel. De 9 a 14 horas. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. De 9 a 14 horas. Teruel. San Francisco, 1, 1 planta. 44001
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Artículo 63 y siguientes
Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas
Real Decreto-ley 5/1979, de 26 de enero, sobre creación del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación
Trámites relacionados
En plazo permanente
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