Ayudas para la mejora de las condiciones de salud y bienestar laboral en los centros de trabajo
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones publicas para la realización de acciones dirigidas a promocionar la implantación de los planes de bienestar laboral en las empresas de Aragón con la finalidad de reducir los aspectos negativos asociados a la siniestralidad y el absentismo laboral y potenciar los aspectos positivos relacionados con la calidad de vida y la eficiencia empresarial.
Dirigido a
- Pequeñas empresas, cuya plantilla se encuentre entre 1 y 50 trabajadores, que tengan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- Estar legalmente constituidas y tener centro de trabajo en Aragón
- Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
- Cumplir con la normativa de transparencia en los términos establecidos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad pública y participación ciudadana de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
- Cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental conforme a lo exigido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable, que será verificada por el órgano instructor, solicitando informe al Departamento competente en materia de medio ambiente.
- No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme, ni por sentencia judicial firme por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, de acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón, así como por la legislación de derechos y garantías de las personas con discapacidad. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
- No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39 la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la declaración responsable.
- No haber sido sancionada mediante resolución administrativa firme por la autoridad laboral competente, con las sanciones accesorias de exclusión de acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social.
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Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Normativa
Orden EPE/1020/2021, de 12 de agosto, Modifica la Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos
Orden EPE/297/2021, de 22 de marzo, Modifica la Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos
Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos
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