Ayudas para la aceleración del sector creativo y cultural - Convocatoria 2022
N° 9041
Ayudas cuyo objetivo es acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las Industrias Creativas y Culturales, impulsar la transformación a la cultura digital, favorecer las interconexiones entre dichas industrias y mejorar su acceso a la financiación.
Dirigido a
- Profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- PYMES
- Microempresas
Requisitos
- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en estas bases y señaladas en el artículo segundo, los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las PYMES y microempresas, cuyos proyectos estén vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Los proyectos presentados deben estar vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
- No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado de la AEAT de situación en el censo de actividades económicas
No serán válidos los expedidos con anterioridad al del inicio del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria.
Documentación que acredite el volumen de negocio
Impuesto de sociedades, impuesto sobre la renta de las personas físicas
Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Proyecto y cronograma de su desarrollo
Incorporar un breve resumen de la medios técnicos y humanos con los que cuenta la entidad
Comunicación de los datos identificativos y el número de cuenta corriente
De forma electrónica en el siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion
Anexo II
Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852
Descargar modelo Anexo IIAnexo III
Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales PRTR
Descargar modelo Anexo IIIAnexo V
Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Descargar modelo Anexo V
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Los proyectos presentados deberán destinarse a las siguientes funciones de “aceleradora cultural”:
- Actividades formativas y de creación.
- Mentoría a empresas del sector ICC.
- Apoyo general a través de servicios de oficina técnica.
- Investigación y promoción del sector ICC.
- Capacidad de desarrollo y comercialización.
La cuantía a percibir por cada beneficiario no podrá superar el 80 % del coste total del proyecto.
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 15.000 € ni superior a 100.000 €.
Estas ayudas son compatibles con otras de cualesquiera Administraciones o entes públicos y privados nacionales u organismos internacionales ( excepto con fondos estructurales de la UE con los que no lo es).
Se entenderá gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado desde el día 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 (la fecha en la que finaliza el plazo para la justificación es el 1 de octubre).
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio de fomento de las artes, la cultura y el libro. 976 713 376
- Correo electrónico. srachon@aragon.es
- Presencial. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro. De 9.00 a 14.00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Normativa
Orden ECD/1779/2022, de 1 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para la aceleración del sector creativo y cultural, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 87/2006, de 21 de julio
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Reglamento 2021/0241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Reglamento 2018/1046, de 18 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo (UE, Euratom) (<
>)
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 13/12/2022 al 27/12/2022
Fuera de plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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