Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas
La finalidad de estas ayudas será la de impulsar la economía local, fijar población en áreas no urbanas, reforzar el vínculo emocional con el territorio y el sentimiento de comunidad, mejorar el bienestar de la población y concienciar sobre la necesidad de la transición verde ((Incluido en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, Next Generation EU))
Dirigido a
- Personas físicas (autónomos) y personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, legalmente constituidas
- Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas
- Ayuntamientos, Comarcas y Diputaciones provinciales, incluyendo sus agrupaciones, y el sector público institucional de ellos dependiente (organismos autónomos, entidades de derecho público y privado).
Requisitos
- Los proyectos presentados deben realizarse, dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el medio rural, entendiendo por tal, como lo define la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2.
- Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
- No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.
- No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental
- Las personas físicas (autónomos) y personas jurídicas privadas, con y sin ánimo de lucro, deberán estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los epígrafes profesionales o empresariales relacionados con la creación, organización, gestión, distribución de espectáculos en cualquiera de las disciplinas de ámbito cultural, la investigación cultural, la consultoría cultural o cualquier ámbito relacionado con el ecosistema cultural.
- Los Ayuntamientos, Comarcas y Diputaciones Provinciales, incluyendo sus agrupaciones, y el sector público institucional de ellos dependiente (organismos autónomos, entidades de derecho público y privado) deberán estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros en el caso de que sus cuentas muestren desequilibrios o acumulen deudas con proveedores
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Convocatorias expiradas
Convocatoria 2022Contacto y ayuda
- Teléfono. Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro. 976 713 376
- Correo electrónico. srachon@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Normativa
Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Reglamento 2021/0241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Reglamento 2018/1046, de 18 de julio, del Parlamento Europeo y del Consejo (UE, Euratom) (<
>) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 87/2006, de 21 de julio
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