Volver a Trámites por tema

Ayudas individuales para financiar la seguridad social de los cuidadores no profesionalizados de personas dependientes

N° 2185

A través de este trámite, las personas cuidadoras no profesionales de personas dependientes, que cumplan los requisitos exigidos, pueden presentar una solicitud para optar a las ayudas para financiar los importes ya abonados de sus cuotas a la Seguridad Social.

Plazo de presentación

Del 24/05/2019 al 23/06/2019

Fuera de plazo

Dirigido a

  • Personas cuidadoras no profesionales de personas dependientes

Requisitos

  • Ser cuidador no profesional de una persona dependiente que sea beneficiaria de prestación por cuidados en el entorno familiar.
  • Encontrarse de alta y cotizando en seguridad social en el periodo que se indica en la convocatoria mayo-diciembre 2018, en el convenio especial de cuidadores no profesionales en los tipos de cotización.
  • Haber abonado efectivamente las cuotas a la Seguridad Social en el periodo establecido en esta convocatoria.
  • Ser el cónyuge o parientes de consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco del dependiente.
  • Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud.
  • No hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto de la subvención, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    Dirigida a la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, según modelo que figura como anexo a la presente Orden, cumplimentada en todos sus apartados y firmada por el solicitante o su representante legal.

  • Ficha de terceros

    Debidamente cumplimentada.

  • Certificado de empadronamiento

    En el que conste el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Ficha de terceros IASS

    Descargar modelo Ficha de terceros IASS

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Podrán solicitar las ayudas los cuidadores no profesionalizados de personas dependientes que han abonado efectivamente las cuotas a la Seguridad Social, durante los meses de mayo a diciembre de 2018.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, tal y como establece el artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 24/05/2019 al 23/06/2019

Fuera de plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

4 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicit...

Ver más

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.