Autorizaciones relativas a la realización de actividades arqueológicas y paleontológicas en Aragón - Estudio de arte rupestre
N° 520
A través de este trámite, los Departamentos de las Universidades con competencias en Arqueología, los Museos con especialidad en Arqueología, los Institutos de Prehistoria y Arqueología del CSIC y más organismos públicos de investigación, así como los particulares con titulación académica superior directamente relacionada con la Arqueología, podrán solicitar la autorización necesaria para la realización de estudios de arte rupestre en yacimientos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El estudio de arte rupestre es el conjunto de tareas de campo, orientadas a la investigación, a la documentación gráfica por medio de calco y a cualquier manipulación o contacto con el soporte de los motivos representativos.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Solicitante
Requisitos
- Podrán solicitar autorización los Departamentos de las Universidades con competencias en Arqueología, Los Museos con especialidad en Arqueología, los Institutos de Prehistoria y Arqueología del C.S.I.C y de más organismos públicos de investigación, y los particulares con titulación académica superior directamente relacionada con la arqueología. Toda actuación arqueológica solicitada deberá estar integrada en un programa de investigación de las instituciones citadas en el párrafo anterior o avalada por alguna de las mismas.
- Las actuaciones que se soliciten por alguna institución deberán ser dirigidas por persona que reúna los requisitos especificados para los particulares.
- Al tratarse de elementos del Patrimonio Cultural Declarados Bien de Interés Cultural o considerados Bien de Interés Cultural por Ministerio de la Ley, la autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural estará supeditada a la autorización de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural correspondiente, cuando el estudio afecte al B.I.C..
Documentación
Presentar en todos los casos:
Datos personales del solicitante
Director y miembros del equipo de investigación
Con sus titulaciones académicas y experiencia profesional en la materia. Sólo excepcionalmente, cuando la importancia y extensión del proyecto lo justifique, y en el supuesto regulado en el artículo 4.3 del Decreto 6/1990 de la Diputación General de Aragón, se admitirá la cotitularidad de dos directores.
Programa detallado y calendario de los trabajos a efectuar
Con las fechas de iniciación y terminación de los mismos.
Presupuesto económico del proyecto
Especificando los diferentes capítulos de gasto, incluidas las posibles indemnizaciones.
Memoria sucinta de los objetivos
Que justifique el interés de la actuación.
Plano topográfico
En el que deberán fijarse los límites de la actuación y los terrenos donde se ubica.
Certificación de la institución
A que se refiere el artículo 4 del Decreto 6/1990 de la Diputación General de Aragón, acreditativa de haber adoptado el acuerdo de solicitar la autorización o de conceder el aval al solicitante. Deberá igualmente justificarse el cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 8 de ese Decreto.
Plano detallado de la zona de estudio
De carácter catastral en el caso de que afecte a terrenos sometidos a cualquier clase de aprovechamiento.
Informe sobre el enclave de arte rupestre
Que recoja todo los datos conocidos sobre el mismo y los necesarios para su precisa localización.
Proyecto global de actuación
Sobre el enclave con arte rupestre, especificando las fases de ejecución previstas cuando existan.
Autorización del propietario de los terrenos
En que se va a producir la actuación
AUTORIZACIÓN PROPIETARIO
Descargar modelo AUTORIZACIÓN PROPIETARIOHOJA DE ENCARGO
Descargar modelo HOJA DE ENCARGO
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La actuación de estudio de arte rupestre solicitada deberá contener las garantías económicas necesarias para su correcta ejecución. En este sentido podrán existir 3 vías de financiación:
- Financiación de terceros por encargo dentro de medidas derivadas del procedimiento de Impacto Ambiental, obligaciones en la ejecución de Planes y Proyectos. Se requerirá hoja de encargo.
- Financiación para la investigación derivada de Proyecto Europeos, Estatales, Autonómicos, otras entidades u propia. Se requerirá documentación justificativa del Proyecto de investigación.
- Financiación para la investigación derivada de la aportación económica de la Dirección General de Patrimonio Cultural dentro del Plan General Anual de Investigaciones Arqueológicas."
Presentación de la solicitud
Presencial
-
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Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL
Normativa
Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Decreto 6/1990, de 23 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el régimen de autorizaciones para realización de actividades arqueológicas y paleontológicas en la Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto 300/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural Aragonés, modificado por Decreto 134/2005, de 5 de julio, del Gobierno de Aragón
Orden, de 26 de septiembre, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural Aragonés, modificada por Orden de 11 de julio de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
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Trámite presencial
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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