Autorizaciones para el empleo de medios, procedimientos de instalaciones de caza prohibidos - Especies de caza menor y no cinegéticas
N° 354
A través de este trámite se podrá solicitar una autorización excepcional para la caza mediante el empleo de medios, procedimientos o instalaciones prohibidos, cuando no exista otra solución satisfactoria.
Subtipología 31A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
-
En terrenos no cinegéticos:
- Entidades públicas y privadas y propietarios o beneficiarios de terrenos, instalaciones e infraestructuras.
-
En terrenos cinegéticos:
- Titulares de cotos de caza (en su caso).
Requisitos
- Ser propietario o beneficiario del aprovechamiento.
- Ser responsable de la gestión de las instalaciones de los terrenos.
- Tener permiso del coto, en caso de terrenos cinegéticos.
- Haber presentado los resultados de actuaciones anteriores si hubieran sido autorizados, en su caso.
- Nota: Para la tramitación excepcional de solicitudes de caza mediante el empleo de medios, procedimientos o instalaciones prohibidos deben de concurrir las siguientes circunstancias: provocar riesgos a la salud y seguridad de las personas, provocar daños a la agricultura, ganadería, bosques, pesca y calidad de las aguas, prevenir accidentes en relación con la seguridad aérea, por razones de índole científico o para garantizar la conservación de las especies (art. 44, Ley 1/2015, de Caza, de Aragón).
Pago de tasas
En la página web de la Subtipología INAGA 31A se indica el importe de la tasa.
Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud de autorización excepcional
De empleo de métodos de caza prohibidos. Caza menor y especies no cinegéticas.
En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
Anexo I. Datos específicos de la solicitud
Descargar modelo Anexo I. Datos específicos de la solicitudMemoria justificativa
De las actuaciones previstas, conforme al art. 44 de la Ley 1/2015, de Caza de Aragón.
Informe de constatación de daños del APN
De la demarcación donde vaya a realizarse la actuación (si no se incluye en el Anexo I).
Mapa
A escala 1:25.000, con la ubicación exacta de los elementos utilizados para la caza o relación de parcelas afectadas.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Oficinas del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 mes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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