Agrupaciones y segregaciones de montes
N° 928
A través de este trámite se podrá solicitar la autorización necesaria para una agrupación de montes particulares para una gestión completa. Igualmente, se puede solicitar una segregación de montes.
Subtipología 47A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Los promotores públicos o privados que deseen agrupar o segregar montes
Requisitos
- Contar con el acuerdo del propietario del monte y cumplir los requisitos legales.
- En caso de segregación de montes, además, contar con una unidad mínima forestal de 10 ha., salvo causa no imputable al propietario.
Documentación
Presentar en todos los casos:
47A. Anexo I. Datos básicos de las superficies a agrupar o segregar
Descargar modelo 47A. Anexo I. Datos básicos de las superficies a agrupar o segregarEscrituras de Constitución de la Sociedad y Poder de representación
En su caso.
Estatutos de la asociación
Si procede.
Documento de autorización del titular del terreno
Cuando el titular es distinto del solicitante.
Copia de la cédula catastral de los terrenos
Plano de situación
A escala 1:50.000 o escala 1:25.000.
Plano de detalle o catastral
De los terrenos que integrarán la agrupación de montes o que se segregarán. Plano en formato digital georreferenciado coord. UTM ETRS89.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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