Admisión en enseñanzas de grado D y grado E de Formación Profesional sostenidos con fondos públicos en las modalidades virtual y semipresencial - Curso 2024-2025 (ciclos formativos)
N° 10399
A través de este trámite, las personas interesadas que cumplan con los requisitos de acceso exigidos podrán solicitar la admisión en módulos profesionales de ciclos formativos de grado medio y grado superior de Formación Profesional en las modalidades virtual y semipresencial en centros sostenidos con fondos públicos
Dirigido a
- Las personas solicitantes deberán acreditar estar en posesión de uno de los requisitos de acceso al nivel formativo por el que opte
Requisitos
- Requisitos obligatorios para el acceso a la enseñanza
- Requisitos opcionales que permiten baremar la solicitud cuando en un centro se presentan más solicitudes que vacantes para un mismo módulo profesional
-
Para el acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio
- Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos de admisión
- Título Profesional Básico o título de Técnico/básico
- Haber superados los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial
- Título de Técnico o Título de Técnico Superior de Formación Profesional
- Título de Bachiller o equivalente a efectos académicos
- Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado Polivalente (BUP)
- Otros títulos de nivel académico superior al Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
- Haber superado una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o grado superior de Formación Profesional
- Haber superado una prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
- Haber superado el curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado medio en centros educativos públicos o privados autorizados por la Administración educativa
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Para el acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior
- Título de Bachiller (LOE / LOGSE)
- Título de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP)
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU/PREU)
- Título de Técnico de Formación Profesional
- Título de Técnico Superior, Título de Técnico Especialista (FP2) o título de Técnico/a de Artes Plásticas y Diseño
- Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria
- Haber superado una prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional
- Haber superado una prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
- Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificación académica oficial o documento acreditativo
Certificación académica oficial o documento acreditativo de que la persona solicitante posee alguno de los requisitos de acceso establecidos en el artículo 10.1 o 10.2 de la presente Orden en el caso de los ciclos formativos de grado medio o grado superior, o en el artículo 22 en el caso de los cursos de especialización.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de datos de discapacidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
Comprobación del apartado contemplado en la baremación de residencia en Aragón, y en su caso, en una localidad de menos de 5000 habitantes durante los últimos seis meses
Información adicional
- Dado el momento de transición entre las enseñanzas derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), y las que derivan de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (LOOIFP), procede dividir el número de plazas que se ofertan entre los módulos profesionales de los currículos en extinción y los de los nuevos currículos, de acuerdo con lo que dispone la Disposición transitoria segunda, apartado 7 de las Órdenes por las que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior para la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Podrán solicitar admisión en Ciclos Formativos de Formación Profesional de los currículos en extinción, derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, únicamente las personas que en el momento de la solicitud de vacantes tengan cinco o más módulos profesionales superados de los incluidos en el Ciclo Formativo en que desean matricularse.
- La admisión se realizará por módulos profesionales. Se podrá solicitar admisión en módulos profesionales de ciclos formativos de grado medio y grado superior que en conjunto no superen las mil horas curriculares de un mismo ciclo formativo o curso de especialización.
- Las personas interesadas deben presentar una única solicitud por nivel de enseñanza. En dicha solicitud se podrán pedir módulos profesionales de hasta tres ciclos formativos, por orden de preferencia. En el caso de presentar más de una solicitud para el mismo nivel, serán anuladas por duplicidad, suponiendo decaer de la participación en el proceso de admisión.
- Únicamente las personas que tengan sólo pendiente de superar el módulo de FCT, y Proyecto si procede, en un ciclo formativo de FP realizado en la modalidad a distancia en el curso anterior, y que deseen solicitar módulos profesionales de un nuevo ciclo formativo en la modalidad a distancia del mismo nivel de enseñanza, deberán hacer dos solicitudes, sin que estas sean anuladas por duplicidad.
- Los solicitantes podrán retirar o modificar su solicitud electrónicamente a través del portal del Departamento dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Servicio de Formación Profesional fpdistancia@aragon.es
- Página web. Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, CENTROS Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Normativa
Orden ECD/575/2024, de 6 de junio, por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas de Formación Profesional de Grado D y E sostenidas con fondos públicos en las modalidades virtual y semipresencial en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2024/2025.
Decreto xxx/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E y el procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden ECU/xxx/2024, de 6 de junio, por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas de Formación Profesional de Grado D y E sostenidas con fondos públicos en las modalidades virtual y semipresencial en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2024/2025
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 04/07/2024 al 09/07/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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