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Actuaciones relativas a la distribución y/o venta de productos sanitarios

A través de estos trámites se pueden realizar las comunicaciones de distribución y de venta de productos sanitarios, previas al inicio de la actividad.

No se emite Resolución por parte del órgano gestor por tratarse de comunicación de actividad. Solo en el caso de que no cumpla con la normativa vigente se instará al cese de la actividad.

Requisitos

  • Disponer, en su caso, de instalaciones que garanticen el adecuado almacenamiento y conservación de los productos sanitaros.
  • Cumplir con el resto de la normativa que le sea de aplicación.

Trámites relacionados

Comunicación de la distribución

A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas distribuidoras de productos sanitarios, incluidos los de diagnóstico in vitro e implantables activos, que tengan su domicilio social o almacén/almacenes en la Comunidad Autónoma de Aragón, deberán comunicar esta actividad de distribución de productos sanitarios, de manera previa al inicio de la misma. Cualquier modificación en la actividad de distribución deberá ser también comunicada a la autoridad sanitaria correspondiente. No se emite Resolución por parte del órgano gestor por tratarse de una comunicación de actividad. Solo en el caso de que no cumpla con la normativa vigente se instará al cese de la actividad.

En plazo permanente

Comunicación de la venta

A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la venta de productos sanitarios seriados en Aragón podrán realizar la comunicación previa al inicio de la actividad o cualquier modificación posterior ante la autoridad sanitaria. Cualquier cambio de los datos declarados en la comunicación inicial (baja o cese de actividad, cambio de titularidad o cambio de domicilio social o del establecimiento) debe ser comunicado. Las oficinas de farmacia y las personas titulares de establecimientos sanitarios que realizan la venta con adaptación de productos sanitarios, por ejemplo, establecimientos de audio prótesis, óptica y ortopedias, no tienen que realizar esta comunicación. No se emite Resolución por parte del órgano gestor por tratarse de una comunicación de actividad. Solo en el caso de que no cumpla con la normativa vigente se instará al cese de la actividad.

En plazo permanente

Contacto y ayuda

  • Correo electrónico. Sección de Ordenación y Control Farmacéutico. farmacia@aragon.es

Ayuda con la tramitación electrónica

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Comunicación de la distribución

En plazo permanente

Comunicación de la venta

En plazo permanente

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