Acciones relativas a los cotos de caza - Ampliación
N° 343
A través de este trámite se solicita a la autoridad competente la autorización necesaria para la ampliación de la superficie de un coto de caza existente en Aragón.
Subtipología 27B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas privadas
- Sociedades Deportivas de Cazadores
- Ayuntamientos
- Federación Aragonesa de Caza
Requisitos
- Ser titular de los derechos cinegéticos de las parcelas a incluir en el coto de caza.
Pago de tasas
En la página web de la Subtipología INAGA 27B se indica el importe de la tasa.
Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla
La tasa se gira por primera vez cuando se ha resuelto el expediente. Pago anual.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
27B. Anexo I. Acreditación de la titularidad del solicitante
Acreditación de la titularidad del solicitante sobre los derechos cinegéticos
Descargar modelo 27B. Anexo I. Acreditación de la titularidad del solicitanteDescripción del terreno cinegético
Superficies, límite, tipo de vegetación, cultivos, masas de agua, carreteras, etc.
Plano editado por servicio oficial o técnico competente
Se podrá requerir plano catastral que delimite el terreno o bien listado de parcelas catastrales, en formato digital (coordenadas UTM HUSO 30 ETRS89).
Adecuación del Plan Técnico a las nuevas circunstancias
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Cotos deportivos:
Certificado de acuerdo del órgano con capacidad para acordar la ampliación
Cotos municipales:
Certificado Acuerdo Municipal Pleno para solicitud de ampliación
Cotos promovidos por la Federación Aragonesa de Caza (FAC):
Certificado del Acuerdo Federativo
Personas físicas o jurídicas privadas:
Poderes que acrediten al representante
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Corrección de errores de 8 de abril de 2015 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
Decreto 108/1995 Diputación General de Aragón, por el que se desarrollan los Títulos I, II y VII de la Ley 12/1992, de 10 de diciembre, de Caza, de la Comunidad Autónoma
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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