Certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte público internacional de mercancías. - Expedición de certificado
N° 194
A través de este trámite, las empresas titulares de una licencia comunitaria que realicen transporte público internacional de mercancías por carretera deberán obtener un certificado de conductor cuando contraten o empleen a conductores nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
Dirigido a
- Empresas titulares de una licencia comunitaria que realicen transporte público internacional de mercancías, que contraten o empleen a conductores nacionales de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea, que no sean residentes de larga duración.
Requisitos
- El conductor deberá contar con el certificado de aptitud profesional (CAP) en vigor, en aquellos supuestos en que haya de estar en posesión de este.
- El conductor deberá disponer de un permiso de conducción en vigor y válido para conducir en España.
- El conductor deberá estar dado de alta en la Seguridad Social.
- No será preciso obtener el certificado cuando el conductor del vehículo sea residente de larga duración.
Pago de tasas
Tarifa 09. Por expedición del certificado de conductor de terceros países. (17,80) de la Tasa 05 por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Justificante del pago de la tasa
Permiso de conducción en vigor
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En los supuestos en los que el conductor deba estar en posesión del CAP y no conste en su permiso de conducción.
Acreditación de posesión del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) en vigor
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCertificado de aptitud profesional
Certificado de Aptitud Profesional (CAP) del conductor.
Documentación de afiliación a la Seguridad Social
Número de afiliación a la Seguridad Social del conductor.
Documentación justificativo del alta en la Seguridad Social
Justificación del alta en la Seguridad Social en la empresa o de la comunicación del correspondiente contrato a la autoridad laboral.
Información adicional
El certificado de conductor tendrá una validez de dos años y deberá ajustarse al modelo de certificado establecido en el anexo III del Reglamento (CE) número 1072/2009.
El certificado de conductor será propiedad de la empresa transportista, quien lo pondrá a disposición del conductor al que se refiere dicho documento cuando éste conduzca un vehículo que realice un transporte al amparo de una autorización de transporte internacional de mercancías por carretera de la que aquella sea titular. En los locales de la empresa deberá conservarse una copia auténtica del certificado de conductor.
Tanto el certificado como su copia auténtica se deberán presentar cada vez que así lo requieran los miembros de la Inspección de Transportes o los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargados de la vigilancia del transporte por carretera.
La validez del certificado de conductor estará supeditada al cumplimiento de las condiciones con arreglo a las cuales fue expedido. La empresa transportista estará obligada a devolver al órgano expedidor, de manera inmediata, el certificado de conductor y la copia auténtica del mismo tan pronto como deje de ser válido y, especialmente, cuando el conductor cause baja en la empresa o cuando, como consecuencia de cualquier actuación administrativa, se detectara el incumplimiento de los requisitos que dieron lugar a su expedición.
Una vez presentada la solicitud por la empresa, el órgano competente, después de haber comprobado la documentación aportada para la obtención del certificado, inscribirá los datos en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, y expedirá el correspondiente certificado de conductor, así como una copia legalizada del mismo
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca 974 293 347
- Correo electrónico. Huesca transporteshuesca@aragon.es
- Teléfono. Teruel 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. Zaragoza 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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