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Aprobación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

N°362

A través de este trámite, las personas titulares de la gestión de cotos deportivos o privados de pesca podrán presentar a la autoridad competente los planes técnicos de pesca en dichos cotos para su aprobación.

Subtipología 39A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Titulares de la gestión de los cotos deportivos o privados de pesca

Requisitos

  • Ser titular de la gestión de coto deportivo o del coto privado de pesca y presentar, ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, un Plan Técnico de Pesca elaborado por técnico con titulación suficiente para tal fin.
    • La Ley de pesca de Aragón establece la exigencia de una planificación técnica para la gestión de los cotos de pesca. El plan técnico es el documento de planificación del coto deportivo o privado para un periodo de cinco años.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Formulario de solicitud

    Solicitud de aprobación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados.

    En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.

    Descargar modelo Formulario de solicitud
  • 39A. Anexo I. Datos básicos del Plan Técnico de Pesca

    Descargar modelo 39A. Anexo I. Datos básicos del Plan Técnico de Pesca
  • Acreditación del solicitante/representante

  • Plan técnico de pesca

    Elaborado por técnico con titulación suficiente para tal fin. El Plan Técnico de Pesca contendrá como mínimo (art. 38 de la Ley 2/1999, de Pesca en Aragón):

    - La descripción de las masas de agua acotadas, sus límites y accesos.

    - Las características de las aguas y su biocenosis.

    - Las especies que pueden ser objeto de pesca, el número máximo o cupo de captura y su medida.

    - Los periodos, días y horas hábiles para la pesca.

    - El número máximo de pescadores por día hábil.

    - Los medios, artes y cebos autorizados.

    - Las repoblaciones realizadas o proyectadas, el origen y genética de las especies repobladas o a repoblar.

    - La existencia de tramos de captura y suelta en las masas de agua acotadas.

    - La existencia de tramos de pesca intensiva en las masas de agua acotadas.

  • Planes Técnicos de cotos deportivos

    Contendrán además de lo anterior (art. 39 de la Ley 2/1999, de Pesca en Aragón):

    - Un estudio técnico de las poblaciones ictícolas y de su potencial aprovechamiento.

    - El régimen de expedición de los permisos y su importe.

    - Las zonas de baño o de práctica de actividades o deportes náuticos o acuáticos, en los que se encuentre restringida o prohibida la pesca.

    - La delimitación de las zonas de acceso a las masas de agua y de los espacios destinados al estacionamiento de vehículos.

    - Las instalaciones o servicios para pescadores, y en especial los que puedan servir para su descanso o cobijo.

    - Los tramos o masas de agua en los que por cualquier causa se restrinja o prohíba el ejercicio de la pesca.

    - Las mejoras proyectadas.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

OTRO

Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

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Resolución

3 meses

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