Tipología INAGA 36. Autorización para la tenencia de hurones

Trámite de autorización para la tenencia de hurones en la Comunidad Autónoma de Aragón.

De conformidad con lo establecido en la Disposición final undécima de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, a partir del 23 de febrero de 2021 queda suprimido el procedimiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para la obtención de autorización para la tenencia de hurones, no siendo necesaria dicha autorización en aplicación del apartado 1 del artículo 50 de la Ley 1/2015, de caza de Aragón, en su redacción dada por la citada Ley 1/2021 de simplificación administrativa.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 36. (Procedimiento 359). Autorización para la tenencia de hurones

(INAGA). Tipología 36 - Autorización para la tenencia de hurones

(Trámites). Procedimiento INAGA 36 - Autorización para tenencia de hurones

Información específica del procedimiento administrativo

Denominación

Autorización para la tenencia de hurones.

Descripción

En aplicación de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa (BOE número 66, de 18/03/2021), a partir del 23 de febrero de 2021 quedó suprimido el procedimiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para la obtención de autorización para la tenencia de hurones. Hasta entonces, su tenencia para el ejercicio de la caza del conejo requería una autorización especial del INAGA, que no eximía al cazador de obtener la preceptiva licencia de caza que le habilitara para cazar en Aragón.

Con el fin de controlar daños ocasionados por los conejos en los cultivos agrarios, esta modalidad de caza puede practicarse en todos aquellos cotos que lo recojan en sus respectivos planes técnicos, así como en aquellos cotos y terrenos no cinegéticos a los que el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental autorice excepcionalmente o bien cuando se someta a un régimen de comunicación previa, mediante Orden del Consejero.

Requisitos de los solicitantes

Ser poseedor de uno o más hurones en el ámbito de la Comunidad Territorial de Aragón.

Tasas

Tasa 29 por servicios en materia de conservación de la biodiversidad

Tarifa 03. Por la autorización para la tenencia de hurones

Observaciones

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo: 2 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: positivo.

Normativa reguladora

Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa (BOE número 66, de 18/03/2021)

Ley 1/2015 de Caza de Aragón (BOA número 58, de 25/03/2015)

Corrección de errores de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón (BOA número 66, de 08/04/2015)

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Anexo I

  • Datos de los hurones y su localización

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas de tramitación

Última actualización: 04/07/2024

Información y recursos asociados

Enlaces de interés

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