Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos
Información sobre regulación de los derechos colectivos básicos de las personas trabajadoras autónomas
Introducción
El Título tercero de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, regula los derechos colectivos básicos de los trabajadores autónomos, cuya principal concreción se plasma en el artículo 20, al reconocer el derecho de asociación profesional. Dicho precepto establece que las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos se constituirán y regirán por lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y sus normas de desarrollo, estableciendo en su apartado tercero que, con independencia de lo previsto en el artículo 10 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos deberán inscribirse y depositar sus estatutos en el registro especial de la oficina pública establecida al efecto en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la correspondiente Comunidad Autónoma, en el que la asociación desarrolle principalmente su actividad. Tal registro será específico y diferenciado del de cualesquiera otras organizaciones sindicales, empresariales o de otra naturaleza que puedan ser objeto de registro por esa oficina pública.
La inscripción será el paso previo para la determinación de la representatividad de estas asociaciones, de manera que las inscritas que demuestren, en su ámbito territorial, una suficiente implantación acreditada a través de los criterios objetivos a que se refiere el artículo 21 de la Ley, gozarán de una posición jurídica singular.
En la Comunidad Autónoma de Aragón, el mandato contenido en la Ley 20/2007, ha sido desarrollado por el Decreto 132/2018, de 24 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Aragón, se regulan las condiciones y el procedimiento para la determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos y se establece la composición, régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo de Aragón.
Objeto
El decreto, tiene por objeto:
- La creación y regulación del Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Aragón;
- La regulación del procedimiento para la determinación de la representatividad de las asociaciones de trabajadores autónomos.
- La creación del Consejo del Trabajo Autónomo de Aragón y la regulación de su composición, régimen de funcionamiento y organización.
Este Registro es único para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y en él deberán inscribirse los siguientes actos y hechos:
- La constitución de la asociación, federación, confederación o unión.
- Los estatutos y sus modificaciones.
- El Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) y sus modificaciones.
- Los Códigos Nacionales de Actividades Económicas (CNAE).
- La identidad de los miembros de sus órganos de gobierno y representación, así como sus renovaciones.
- El domicilio social de la entidad y, en su caso, el traslado del mismo.
- Relación de las asociaciones que integran las federaciones, confederaciones y uniones con especificación de los siguientes datos: número de asociados, denominación, domicilio y N.I.F.
- La apertura y cierre de locales o delegaciones de asociaciones.
- La suspensión y disolución de la asociación, federación, confederación o unión.
- La fusión y la integración de asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones.
- La afiliación de asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones a otras de ámbito superior, tanto de carácter funcional como territorial, así como su desvinculación de las mismas.
- Las impugnaciones de acuerdos de los órganos de la entidad que afecten a actos inscritos.
- Las resoluciones judiciales que suspendan o afecten a actos inscritos.
Acceso al trámite número 9210 "Determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de las personas trabajadoras autónomas en Aragón - Convocatoria 2022-2026"
Normativa
- Orden EPE/1194/2022, de 8 de agosto. Convocatoria cuatrienal para la determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. - (PDF, 209 KB)
- Decreto 132/2018, de 24 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Aragón; se regulan las condiciones y el procedimiento para la determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos; y se establece la composición, régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo de Aragón (PDF, 194 KB)
- Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Última actualización: 09/04/2024
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