Medidas para víctimas del terrorismo
Consulta todas las medidas que pone la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a disposición de las víctimas del terrorismo.
La Comunidad Autónoma ha establecido diferentes medidas para las víctimas y afectados por actos terroristas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo.
Las medidas previstas son indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, reparaciones de daños materiales, subvenciones, acciones asistenciales y distinciones honoríficas.
Normativa general de la Comunidad Autónoma
- Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo (Boletín Oficial de Aragón, número 94, de 3 de julio de 2008), modificada por Ley 5/2023, de 23 de febrero, de modificación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo (BOA número 49, de 13 de marzo de 2023).
- Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA, número 253, de 31 de diciembre de 2012). El artículo 25 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, modifica los artículos 6.5, 10.3 y la disposición transitoria única de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo.
- Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa (BOA número 101, de 27 de mayo de 2022). El artículo 3 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo, establece el régimen de silencio positivo en el procedimiento de indemnización por daños personales a víctimas y afectados por actos terroristas.
- Decreto 89/2014, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo (BOA número 118, de 19 de junio de 2014).
Última actualización: 01/06/2024
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