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INAGA: Autorización de vertederos y revisión de la autorización

Tramitación administrativa de autorización de vertederos y de revisión de dicha autorización en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Descripción

Los vertederos y las entidades explotadoras de los mismos deben obtener una autorización de conformidad con el artículo 33 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE número 85, de 09/04/2022).

Son vertederos las instalaciones de eliminación de residuos mediante su depósito subterráneo o en la superficie por períodos de tiempo superiores a los establecidos para el almacenamiento.

  • Se incluyen las instalaciones internas de eliminación de residuos, es decir, los vertederos en los que un productor elimina sus residuos en el lugar donde se producen. 

  • No se incluyen las instalaciones en las cuales se descargan los residuos para su preparación, con vistas a su transporte posterior a otro lugar para su valorización, tratamiento o eliminación.

En Aragón, la autorización de vertederos debe solicitarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), órgano competente asimismo para revisar las autorizaciones de vertederos concedidas con anterioridad. También es el encargado de la revisión de aquellos vertederos que dispongan de Autorización Ambiental Integrada en vigor.

Tipologías de tramitación

Última actualización: 04/10/2024

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