Identificación animal

Identificación ovina y caprina, bovina, equina y de otras especies.

La identificación de los animales se utiliza con fines que van desde asegurar la titularidad de los animales, hasta garantizar la seguridad de los alimentos de origen animal, al permitir rastrear el origen de los mismos desde la mesa hasta la granja.

El tipo de identificación empleada en las diferentes especies ganaderas varía en función de factores como el valor individual de los animales, el tipo de manejo o de cría, o los riesgos potenciales derivados de los mismos.

Para las especies bovina, ovina, caprina, equina, camélidos y cérvidos la identificación se realiza de manera individual para permitir un correcto seguimiento de cada individuo e incluso de su descendencia, mientras que en especies de producción intensiva, como el porcino o las aves, la identificación se realiza por lotes de animales que son criados en condiciones idénticas.

Identificación ovina y caprina

La identificación individual de los animales de la especie ovina y caprina, se compone de los siguientes elementos:

  • Medios de identificación: con carácter general los animales se identificarán mediante la aplicación de un crotal convencional en la oreja derecha y un identificador electrónico.
  • Base de datos informatizada: Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN) que integra al Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), al Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y al Registro de Movimientos (REMO).
  • Documentos de movimiento o traslado que recogen datos de la explotación de origen, de destino y del movimiento.
  • Libro de registro de la explotación que puede llevarse de forma manual o informatizada y debe estar accesible a la autoridad competente durante un periodo mínimo de tres años desde la última anotación.

Acceso a la aplicación

Cómo realizar las gestiones de identificación en la aplicación (vídeo tutorial).

El plazo máximo para la identificación es de nueve meses a partir de su nacimiento y, en cualquier caso, antes de que el animal abandone la explotación en la que ha nacido.

Los animales que se destinan a sacrificio antes de los 12 meses de edad y que no salgan del territorio nacional se pueden identificar:

  • Mediante una única marca auricular en la oreja derecha en la que figurará el código REGA de la explotación de nacimiento, siempre que el traslado sea directo o a través de un solo cebadero.
  • Mediante una marca auricular electrónica rectangular indicando en la parte visual tanto el código REGA de la explotación de nacimiento como el código de identificación individual, cuando el traslado sea a través de un único centro de concentración.

Los animales que se destinan a sacrificio antes de los 12 meses de edad con destino a matadero de otro estado miembro de la Unión Europea o de tercer país se pueden identificar:

  • Mediante una única marca auricular en la oreja derecha en la que figurará el código REGA de la explotación de nacimiento, siempre que el traslado sea directo al matadero.
  • Mediante un crotal visual rectangular en oreja derecha y un electrónico en la oreja izquierda, ambos con identificación individual, cuando el traslado sea pasando por un cebadero o centro de concentración.

Más información sobre trazabilidad del ganado ovino y caprino. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Identificación de bovino

La identificación individual de los animales de la especie bovina, se compone de los siguientes elementos:

  • Marcas auriculares:
    • Dos crotales de plástico que se colocan en cada una de las orejas y llevan un mismo y único código de identificación (hasta el 30 de junio de 2025).
    • Un crotal de plástico que se coloca en la oreja derecha y un crotal electrónico en la oreja izquierda que llevan un mismo y único código de identificación (a partir del 30 de junio de 2025).
  • Base de datos informatizada: SITRAN que integra al Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), al Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y al Registro de Movimientos (REMO).
  • Documento de Identificación Bovino (DIB) que acompaña al animal en todos sus traslados.
  • Libro de registro de la explotación que puede llevarse de forma manual o informatizada y debe estar accesible a la autoridad competente durante un periodo mínimo de tres años.

Crotalación y notificaciones

  • Nacimientos: se notifican en un plazo de 7 días. Este plazo puede contarse a partir de la fecha de nacimiento o de colocación de los crotales. Se colocan los dos crotales en un plazo máximo de 20 días desde el nacimiento del animal, y en cualquier caso, antes de que abandone la explotación de nacimiento. Se puede ampliar el plazo a 9 meses en explotaciones de extensivo de carne, previa solicitud a la comunidad autónoma que concederá una autorización.
  • Entradas desde tercer país: Se notifica la llegada del animal a la explotación en un plazo de 7 días tras la llegada. Se colocan los dos crotales en un plazo de 20 días desde la realización de los controles en el punto de inspección fronterizo (PIF) y en todo caso, antes de abandonar la explotación.
  • Entradas por movimiento intracomunitario: se notifica la llegada del animal a la explotación en un plazo de 7 días tras la llegada. El animal conserva los crotales de origen.
  • Salidas por movimiento o por muerte: se notifica la salida o la baja en la explotación a la comunidad autónoma en un plazo máximo de 7 días tras la salida del animal.

Trámite 419. Comunicación de altas y bajas de animales de las especies ganaderas

Más información sobre trazabilidad del ganado bovino. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Identificación de equino

La identificación de los animales de las especies equinas (caballos, asnos, mulas, burdéganos y cebras) se compone de los siguientes elementos:

  • La implantación de un transpondedor inyectable.
  • La asignación de un número único, según el estándar UELN (Universal Equine Life Number. 15 dígitos alfanuméricos).
  • El Documento de identificación equina (DIE) en el que figuren tanto su UELN como el código del transpondedor electrónico.
  • El Registro de esta información en la base de datos de la entidad emisora del DIE, que a su vez comunicará los datos a una base de datos nacional, integrada en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN).

Plazos

Los équidos deben estar identificados en un plazo no superior a un año desde su fecha de nacimiento , y en cualquier caso antes de que abandonen la explotación de nacimiento.

Los organismos emisores del documento de identificación equina, en Aragón, por delegación de la administración de la comunidad autónoma, son los Colegios Oficiales de Veterinarios de Huesca, Teruel y Zaragoza, que tramitan la emisión de estos documentos a través del Sistema RIEQUI (Registro Informático de Équidos de Aragón).

Registro Informático de Équidos de Aragón

Direcciones

  • Colegio Oficial de Veterinarios de Huesca: Avenida Pirineos número 10 – 1º C, 22004 Huesca. Teléfono: 974 242 022.
  • Colegio Oficial de Veterinarios de Teruel: Plaza San Sebastián, 6-8, bajos, 44001 Teruel. Teléfono: 978 601 306.
  • Colegio Oficial de Veterinarios de Zaragoza: Urbanización Parque Roma, I-7, local, 50010 Zaragoza. Teléfono: 976 318 533.

Más información sobre trazabilidad de los équidos. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Identificación en camélidos, cérvidos y psitácidas

  • Camélidos y cérvidos: se identifican con código individual mediante crotal convencional en cada pabellón auricular o transpondedor inyectable implantado en el lado izquierdo del cuello.
    • Con carácter general deben identificarse en un plazo no superior a los nueve meses desde su nacimiento.
  • Psitácidas (loros y papagayos): los animales implicados en movimiento con destino a otro Estado miembro se identifican con código individual mediante anilla o transpondedor inyectable.

Más información sobre trazabilidad de los camélidos y cérvidos. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Identificación de otras especies

La identificación en otras especies animales se realiza por lotes, utilizando crotales en porcino, precintos en aves y conejos o marcas indelebles en las colmenas, con la identificación de la explotación de origen.

Más información sobre sistemas de trazabilidad de otras especies ganaderas. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Más información y contacto

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación

Servicio de Ordenación, Trazabilidad y Bienestar Animal (coordinación). Teléfono: 976 714 619 / agricultura@aragon.es

Servicio Provincial de Huesca. Unidad de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria. Teléfono: 974 293 094 / ganaderiahuesca@aragon.es

Servicio Provincial de Teruel. Unidad de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria. Teléfono: 978 641 281 / ganaderiateruel@aragon.es

Servicio Provincial de Zaragoza. Unidad de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria. Teléfono: 976 714 846 / spzma@aragon.es

Última actualización: 24/03/2025

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