Subtipología INAGA 07F. Comunicación previa de baja de actividades de gestión de residuos
Trámite de comunicación previa de cese de actividades de gestión de residuos, en la Comunidad Autónoma de Aragón, para entidades o empresas que transporten residuos con carácter profesional, así como para actividades de negociantes o agentes de residuos.
Presentación de solicitudes
Subtipología INAGA 07F. (Procedimiento 888). Baja de actividades de gestión de residuos
(INAGA). Tipología 07 - Actividades de gestión de residuos
(Trámites). Procedimiento INAGA 07F - Comunicación previa de cese de actividades de gestión de residuos
Información específica del procedimiento administrativo
Tipología INAGA 07: Comunicación previa de actividades de gestión de residuos
Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.
Denominación
Actividades de entidades o empresas que transporten residuos con carácter profesional, así como actividades de negociantes o agentes de residuos (régimen de comunicación previa e inscripción).
Descripción
Se someten al régimen de comunicación previa las siguientes actividades de gestión de residuos:
-
Transportistas con carácter profesional
-
Negociantes
-
Agentes
Deberán presentar una comunicación previa ante el INAGA, relativa al cese de sus actividades, las entidades o empresas con sede social en Aragón, dedicadas al transporte de residuos con carácter profesional, así como los negociantes y los agentes de residuos.
El objeto de dicha comunicación es proceder, por parte del órgano administrativo competente, a la baja de la inscripción de las actividades, desarrolladas por dichos gestores de residuos, en el registro correspondiente.
La comunicación previa deberá presentarse ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) con una antelación mínima de un mes antes del cese de las actividades.
Requisitos de los solicitantes
Realizar actividades de gestión de residuos, estando dado de alta en el registro correspondiente, y cesar en la actividad.
Tasas
Sin tasa.
Observaciones
Al tratarse de un procedimiento de comunicación previa, no tiene resolución expresa, salvo en los los casos en los que se deniegue o se condicione. Si en el plazo de un mes no ha recibido notificación de resolución favorable condicionada o denegatoria, se entenderá que puede ejecutar la actuación.
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
- Plazo de tramitación: 1 mes.
- Régimen intervención administrativa: comunicación previa e inscripción.
- Efecto del silencio: positivo.
- Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 07.
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
(Sólo se precisa la comunicación de baja)
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Comunicación previa de baja de actividades de gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
-
Atención por correo electrónico: inaga.area3@aragon.es
-
Atención telefónica: 976 716 624
Acceso a datos y estadísticas del trámite
Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 07F tramitados en INAGA (xlsx 29kb)
Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 07F en INAGA (xlsx 38kb)
Última actualización: 04/10/2024
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