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Ayudas a la movilidad eficiente y sostenible (programa MOVES)

N° 2164

Actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso de las energías alternativas, enmarcadas en tres tipos de actuación:

- Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas.

- Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

- Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.

Plazo de presentación

Del 08/07/2019 al 31/12/2019

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Para las actuaciones 1 y 2
    • Profesionales autónomos
    • Personas físicas mayores de edad
    • Comunidades de propietarios
    • Personas jurídicas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W
    • Sector público según el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
  • Para la actuación 3
    • Profesionales autónomos
    • Personas jurídicas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W

Requisitos

  • Actuación 1
    • Es obligatorio el achatarramiento de un vehículo M1 de más de diez años o de un vehículo N1 de más de siete años para las adquisiciones de vehículos nuevos M1 o N1.
  • Ubicación. En relación con la ubicación de la instalación, los destinatarios deberán cumplir:
    • Actuación 1, el destinatario último deberá estar establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entenderá que está establecido en Aragón cuando tenga su residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón o tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en la misma en el momento en que se solicite la ayuda, o bien y en todo caso, en el momento de la justificación y pago de la misma.
    • Actuaciones 2 y 3, éstas deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Corporación local
    • Debe acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.
    • Haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
  • Empresas
    • Todos los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca, lo que deberá acreditarse mediante certificación o informe favorable del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad sobre declaración responsable emitida por la empresa.
    • Quedan excluidas del acceso a cualquier tipo de ayuda o subvención, por el período de tiempo que dure la sanción, las empresas que hubiesen sido sancionadas por la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
    • Resto de obligaciones establecidas en la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    Debidamente cumplimentada, conforme al Anexo III de la orden.

  • Documentación técnica

    Especificada en el anexo III de la Orden de convocatoria.

  • Documentación administrativa

    Especifica en el anexo III de la Orden de convocatoria.

  • Acta de la Junta de Propietarios

    Para comunidades de propietarios Acta de la Junta de Propietarios en la que se recoja la aprobación de la solicitud de ayuda.

  • Certificación del acuerdo

    En caso de que el solicitante sea un Ayuntamiento, deberá adjuntar Certificación del correspondiente acuerdo en el que se apruebe la solicitud de ayuda.

  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos

    Establecidos en los apartados 4.8 y 4.9 de la orden. En el caso de empresas, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 4.8 y 4.9 de la orden, deberá acreditarse mediante declaración responsable emitida por la empresa.

  • Declaración responsable acreditando su adscripción

    En caso de tratarse de una entidad perteneciente al sector público deberá presentar una declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a una entidad local.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Consulta de los datos contenidos en los documentos

    En aquellos casos en que esta opción exista. En el caso de que no se hubiera prestado ese consentimiento para la consulta y aprobación de sus datos, el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

De acuerdo a lo establecido en el apartado 9.1 de la orden de convocatoria, las solicitudes se deberán presentar a través del Registro del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, disponible a través de la web del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES), mediante el modelo normalizado de solicitud incluido en el anexo III de la orden, el cual estará disponible para su cumplimentación online en esa misma página.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 08/07/2019 al 31/12/2019

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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