Ayudas bono social térmico
N° 2423
A través de este trámite, los beneficiarios del Bono Social Térmico pueden modificar la cuenta bancaria donde recibir la ayuda, o renunciar a la misma.
Este programa de ayudas está creado para compensar los gastos térmicos, que se ocasionan a los consumidores más vulnerables, por el uso de la calefacción y del agua caliente o cocina.
Dirigido a
- Beneficiarios del bono social de electricidad
- En cada ejercicio serán beneficiarios del Bono Social Térmico aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.
Requisitos
- Ser beneficiario del bono social de electricidad previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre del año anterior.
- No comunicar la renuncia a la ayuda concedida
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento de identificación
Carta recibida
Donde se indica la clave de acceso.
Información adicional
Los Comercializadores de Referencia remitirán la siguiente información para poder gestionar la ayuda:
- Nombre y DNI del beneficiario.
- Domicilio completo, indicando vía, número, código postal y municipio.
- Si tiene la consideración de consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
- Datos de la cuenta bancaria.
Las ayudas están destinadas a cubrir el coste de energía de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.
Los beneficiarios no deben aportar ninguna documentación.
La ayuda por beneficiario se abonará en un pago único anual, en su cuenta corriente en la que tienen domiciliada la factura eléctrica, y la cuantía de la misma depende de su grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual. Previamente a la transferencia de la ayuda, se le notificará la misma para que pueda renunciar a ella, o modificar su cuenta corriente del pago.
Si no renuncia a la ayuda, se transferirá a dicha cuenta sin necesidad de ninguna actuación por su parte.
Solamente hace falta hacer algún trámite si usted quiere renunciar al bono o quiere modificar el número de cuenta.
Presentación de la solicitud
Telemática
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. bst@aragon.es
- Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
- Teléfono. Recomendado 976 716 500
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Servicio de información y registro
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